14- INCERTIDUMBRE DE LAS MEDIDAS
CGA-ENAC-LE punto 5.4.3
14.1 Una declaración de la incertidumbre es una estimación cuantitativa de los límites dentro de los
cuales se supone que se encuentra el valor verdadero de una medición (como por ejemplo la
concentración de un analito). La incertidumbre puede expresarse como una desviación típica o
equivalente o como un intervalo de confianza correspondiente a una probabilidad declarada.
14.2 Al obtener o estimar la incertidumbre asociada a un método y analito, es esencial asegurarse de
que la estimación considera explícitamente todas las fuentes posibles de incertidumbres. Se calculará
la incertidumbre en los estudios de validación del método analítico o estudios similares efectuados por
el laboratorio, quedando archivados los datos obtenidos junto con el procedimiento de ensayo
correspondiente, y a disposición del cliente que lo solicite.
14.3 Cuando no resulte práctico medir todas las fuentes de incertidumbre de cada fase se pueden
considerar efectos agrupados. En el cálculo de incertidumbre se podrán emplear entre otros datos
procedentes de materiales de referencia certificados, ensayos de intercomparación, y datos propios de
precisión interna.