Page 67 - PREVEWNCION DE RIESGOS LABORALES EN LA INDUSTRIA PIROTECNICA
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El envasado y embalaje de los productos pirotécnicos se atendrá al RD 230/1998 Título IV – Capítulo I Envases: Normas generales y RD 230/1998 ITC 15 Etiquetas identificativas de envases y embalajes. REGLAMENTO DE EXPLOSIVOS Para el almacenamiento y transporte de los productos pirotécnicos se deben respetar las incompatibilidades de almacenamiento y transporte. (Ver Art. 180 RD 230/1998 e ITC 22 RD 230/1998). El transporte de los productos pirotécnicos y /o de sus componentes inflamables o explosivos se realizará cumpliendo estrictamente el Reglamento Nacional del Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera (TPC) y el ADR. (Ver Art. 249 RD 230/1998). En el Art. 255 RD 230/1998 se establece la prohibición de apertura de envases por personal de conducción y auxiliares.