Page 62 - PREVEWNCION DE RIESGOS LABORALES EN LA INDUSTRIA PIROTECNICA
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Las empresas pirotécnicas cumplirán el Reglamento de Explosivos (RD 320/98) y normativa complementaria, así como la correspondiente a protección contra incendios y el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) en su instrucción MIE BT 026 sobre instalación y equipos eléctricos en locales con riesgo de incendio y explosión. REGLAMENTO DE EXPLOSIVOS (RD 320/98) El concepto de Seguridad Industrial que establece el Reglamento de Explosivos es complementario y compatible con la Prevención de Riesgos Laborales. A efectos del citado Reglamento se entiende como Seguridad Industrial, al conjunto de medidas que deben aplicarse a fin de evitar cualquier tipo de accidentes que pudieran producirse en cualesquiera de las actividades relacionadas con las materias reglamentadas. (Ver Art. 10.2 a) RD 230/1998).