OPERADORES CAUCHO PLASTICO

823 OPERADORES DE MAQUINAS DE FABRICA PRODUCTOS DE CAUCHO Y DE MATERIAL PLÁSTICO

Los operadores de máquinas de fabricar productos de caucho y de material plástico accionan y vigilan máquinas que amasan, mezclan y dan forma al caucho o a los compuestos de caucho y producen diversos componentes y artículos de caucho natural o sintético y materiales plásticos.

Las tareas que normalmente ejercen incluyen las siguientes:
Accionar y vigilar máquinas de amasar y mezclar caucho y compuestos de caucho y producir diversos componentes y artículos de caucho natural y sintético y materiales plásticos.
Sus tareas pueden incluir la supervisión de la labor de otros trabajadores.

Las ocupaciones de este subgrupo se clasifican en los grupos primarios siguientes:

  1. Operadores de máquinas de fabricar productos de caucho
  2. Operadores de máquinas de fabricar productos de material plástico

Observaciones:
Las ocupaciones las tareas de las cuales exigen herramientas o trabajo manuales y máquinas herramientas de uso manual ¡que requieren conocimientos de la organización de la tarea y de las herramientas y los materiales con qué se trabaja, como también de la naturaleza y las finalidades de los productos acabados, se clasifican en el gran grupo 7, Oficiales, operarios y artesanos de artes mecánicas y otros oficios.

Las ocupaciones que incluyen tareas sencillas y rutina, llevadas a cabo principalmente mediante el uso de herramientas manuales, cierto esfuerzo físico, poca o ninguna experiencia ni conocimiento previos del trabajo y escasa iniciativa o capacidad de juicio, se clasifican en el gran grupo 9, Trabajadores no cualificados.

 
Enciclopedia OIT (PDF)
80. Industria del caucho
 Perfil general.  80.2
Cultivo del árbol del caucho.  80.3
Fabricación de neumáticos.  80.4
Otros productos industriales.  80.8
1,3-butadieno.  80.9
Controles de ingeniería.  80.10
Seguridad.  80.13
Estudios epidemiológicos.  80.15
Dermatitis por contacto con caucho y alergia al látex.  80.16
Ergonomía.  80.17
Cuestiones ambientales y de salud pública.  80.17