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13.5
Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas
Los edificios dispondrán de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas en ellos de
forma independiente o conjunta con las precipitaciones atmosféricas y con las escorrentías.
Artículo 14. Exigencias básicas de protección frente al ruido (HR)
1. El objetivo de este requisito básico "Protección frente al ruido" consiste en limitar dentro de los edifi-
cios, y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido
pueda producir a los usuarios, como consecuencia de las características de su proyecto, construc-
ción, uso y mantenimiento.
2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de tal
forma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas características acús-
ticas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibra-
ciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos.
3. El Documento Básico "DB HR Protección frente al Ruido" especifica parámetros objetivos y sistemas
de verificación cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación
de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de protección frente al ruido. Hasta
que se apruebe este DB se aplicará la Norma Básica de la Edificación NBE-CA-88 "Condiciones
acústicas en los edificios".
Artículo 15. Exigencias básicas de ahorro de energía (HE)
1. El objetivo del requisito básico "Ahorro de energía" consiste en conseguir un uso racional de la ener-
gía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y con-
seguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energía renovable, como
consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de
forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.
3. El Documento Básico "DB-HE Ahorro de Energía" especifica parámetros objetivos y procedimientos
cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles
mínimos de calidad propios del requisito básico de ahorro de energía.
15.1
Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética
Los edificios dispondrán de una envolvente de características tales que limite adecuadamente la deman-
da energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad, del uso
del edificio y del régimen de verano y de invierno, así como por sus características de aislamiento e iner-
cia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, reduciendo el riesgo de aparición de humeda-
des de condensación superficiales e intersticiales que puedan perjudicar sus características y tratando
adecuadamente los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas
higrotérmicos en los mismos.
15.2
Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas
Los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar
térmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta exigencia se
desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE, y su
aplicación quedará definida en el proyecto del edificio.
15.3
Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
Los edificios dispondrán de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y
a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido
a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento
de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones.
15.4 Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria
En los edificios con previsión de demanda de agua caliente sanitaria o de climatización de piscina cubier-
ta, en los que así se establezca en este CTE, una parte de las necesidades energéticas térmicas deriva-
das de esa demanda se cubrirá mediante la incorporación en los mismos de sistemas de captación, al-
macenamiento y utilización de energía solar de baja temperatura adecuada a la radiación solar global de
su emplazamiento y a la demanda de agua caliente del edificio. Los valores derivados de esta exigencia
básica tendrán la consideración de mínimos, sin perjuicio de valores que puedan ser establecidos por las
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