12.6. Exigencia básica SU 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento
Se limitará el riesgo de caídas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depósitos, pozos y simi-
lares mediante elementos que restrinjan el acceso.
12.7. Exigencia básica SU 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento
Se limitará el riesgo causado por vehículos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la
señalización y protección de las zonas de circulación rodada y de las personas.
12.8. Exigencia básica SU 8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo
Se limitará el riesgo de electrocución y de incendio causado por la acción del rayo, mediante instalacio-
nes adecuadas de protección contra el rayo.
Artículo 13. Exigencias básicas de salubridad (HS) "Higiene, salud y protección del medio am-
biente"
1. El objetivo del requisito básico "Higiene, salud y protección del medio ambiente", tratado en adelante
bajo el término salubridad, consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios,
dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, padezcan molestias o
enfermedades, así como el riesgo de que los edificios se deterioren y de que deterioren el medio
ambiente en su entorno inmediato, como consecuencia de las características de su proyecto,
construcción, uso y mantenimiento.
2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de tal
forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.
3. El Documento Básico "DB-HS Salubridad" especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo
cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles míni-
mos de calidad propios del requisito básico de salubridad.
13.1
Exigencia básica HS 1: Protección frente a la humedad
Se limitará el riesgo previsible de presencia inadecuada de agua o humedad en el interior de los edificios
y en sus cerramientos como consecuencia del agua procedente de precipitaciones atmosféricas, de es-
correntías, del terreno o de condensaciones, disponiendo medios que impidan su penetración o, en su
caso permitan su evacuación sin producción de daños.
13.2
Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de residuos
Los edificios dispondrán de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de
forma acorde con el sistema público de recogida de tal manera que se facilite la adecuada separación en
origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestión.
13.3
Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior
1
Los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eli-
minando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edifi-
cios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y ex-
pulsión del aire viciado por los contaminantes.
2
Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior de los edificios y del entorno exterior en fa-
chadas y patios, la evacuación de productos de combustión de las instalaciones térmicas se produ-
cirá, con carácter general, por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible y
del aparato que se utilice, de acuerdo con la reglamentación específica sobre instalaciones térmi-
cas.
13.4
Exigencia básica HS 4: Suministro de agua
1
Los edificios dispondrán de medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto
de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su fun-
cionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles
retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del
caudal del agua.
2
Los equipos de producción de agua caliente dotados de sistemas de acumulación y los puntos ter-
minales de utilización tendrán unas características tales que eviten el desarrollo de gérmenes pató-
genos.
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