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PLAGUICIDAS

ÍNDICE
L 123/28
Diario Oficial de las Comunidades Europeas
24.4.98
ES
VIII. MEDIDAS NECESARIAS PARA LA PROTECCIÓN DEL SER HUMANO, LOS ANIMALES Y EL
MEDIO AMBIENTE
8.1.
Precauciones y métodos recomendados relativos al manejo, utilización, almacenamiento, transporte
e incendio.
8.2.
En caso de incendio, naturaleza de los productos de reacción, gases de combustión, etc.
8.3.
Medidas de emergencia en caso de accidente.
8.4.
Posibilidad de destrucción o descontaminación tras liberación a: a) aire, b) agua, incluida el agua
potable, c) suelo.
8.5.
Procedimientos de gestión de residuos de la sustancia activa por usuarios industriales o profesio-
nales.
8.5.1.
Posibilidad de reutilización o reciclado.
8.5.2.
Posibilidad de neutralización de efectos.
8.5.3.
Condiciones de vertido controlado, incluidas las condiciones de eliminación del lixiviado.
8.5.4.
Condiciones de incineración controlada.
8.6.
Observaciones de efectos colaterales indeseados o indeseables, por ejemplo, en organismos
beneficiosos u otros organismos distintos del organismo objetivo.
IX.
CLASIFICACIÓN Y ETIQUETADO
Propuestas, incluidos los argumentos justificativos de las propuestas de clasificación y etiquetado
de la sustancia activa con arreglo a la Directiva 67/548/CEE.
Símbolos de peligro.
Indicaciones de peligro.
Frases tipo relativas a los riesgos.
Frases tipo relativas a la seguridad.
X.
RESUMEN Y EVALUACIÓN DE II-IX
Notas
(1) Deben presentarse estos datos respecto de la sustancia activa purificada de especificación declarada.
(2) Deben presentarse estos datos respecto de la sustancia activa de especificación declarada.
(3) El ensayo de irritación ocular no será necesario cuando se haya demostrado que la sustancia activa
puede tener propiedades corrosivas.
(4) La toxicidad y carcinogenicidad a largo plazo de una sustancia activa podrán no solicitarse cuando se
demuestre de modo concluyente que dichos ensayos no son necesarios.
(5) Si, en circunstancias excepcionales, se declarara que este ensayo no es necesario, deberá justificarse
plenamente dicha declaración.
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