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Escritos a la Consellería

Asunto: Creación de un Registro de Técnicos de Prevención acreditados.

Con fecha de 24 de agosto de 1999, se publica en el BOCAIB nº 107 el decreto 182/1999 de 13 de agosto por el que se modifica el decreto 80/1998 de 28 de agosto por el cual se crea el Registro en materia de Prevención de Riesgos Laborales (BOCAIB 117 DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1998).

En dicho registro se incluyen:

  1. Las entidades públicas y privadas que pueden impartir y certificar la formación de nivel intermedio y superior,
  2. Los servicios de prevención ajenos, y
  3. Las entidades y personas autorizadas para hacer auditorias de Prevención.
  4. A nuestro entender se echan en falta en dicha relación:

  5. Los servicios de prevención propios, y
  6. Las personas acreditadas como técnicos de nivel intermedio y superior que pueden impartir y certificar la formación de nivel básico y realizar tareas de Prevención de Riesgos Laborales de forma independiente de las entidades antes citadas.

La política de la anterior administración a este respecto era clara en el sentido de negarse a incluir estos dos colectivos (en especial el último) a la vez que manejaba una lista de técnicos acreditados por la Conselleria del Master realizado en colaboración con la UIB y la Fundación MAPFRE y de los cursos realizados en la propia Conselleria, que utilizaba como una Bolsa de Trabajo ilegal y restringida.

Con el cambio de responsables en la Conselleria de Trabajo era de esperar una radical transformación de sensibilidad y política en esta y otras materias, sin embargo, en la Jornada Técnica sobre "DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN" celebradas el pasado día 7 de octubre de 1999 en el Salón de Actos de la Conselleria de Trabajo y Formación el Sr. Miguel Crespí Soler, Jefe del Equipo Técnico de Seguridad y Formación ofreció públicamente a todos los empresarios presentes, entre otras alternativas, el recurso a la "lista" arriba citada y, si bien a preguntas posteriores matizo que no se trata de ninguna "Bolsa de Trabajo de la Conselleria" y que quizás no fuese la forma correcta de resolver el problema, la continuidad de prácticas indebidas sólo se puede evitar poniendo los medios adecuados.

En este sentido la asociación que presido solicita la incorporación de los puntos 4 y 5 al Registro oficial existente y que se precisen, si procede su creación, los mecanismos de funcionamiento de una Bolsa de Trabajo Oficial para Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales para que no queden a la discreción del funcionario de turno con las reservas y dudas que conlleva. 

Palma de Mallorca a 11 de octubre de 1999.

Última modificación: 17 de febrero de 2000