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PESTICIDAS

En el siglo XIX se sufre la invasión de la filoxera de la vid, de
la que se tiene noticias de su aparición en la provincia de Málaga en
1876, y que fue reconocida oficialmente en 1882 tras la invasión de
los viñedos de la provincia de Orense (Domínguez, 1880), y de dos
enfermedades producidas por hongos también en la vid: oidio (1850)
y mildiu (1880). Se temía las del escarabajo de la patata y del piojo
de San José, de las que se tenían referencias de su poder dañino en
otros países, por lo que el concepto de "plaga" se ve muy ampliado,
lo que no es ajeno al adelanto técnico y científico de la época.
Afortunadamente para los viticultores, el precoz descubrimien-
to de la utilidad del azufre contra el oidio y del cobre contra el mildiu
paliaron un problema que parecía irresoluble. Asimismo la introducción
de pies de vid americana permitió convivir con la filoxera.
La lucha química contra insectos estaba muy poco desarro-
llada. Insecticidas como la rotenona, el pelitre, la nicotina y el arseni-
to de cobre no constituían una gama lo suficiente amplia para reali-
zar una lucha eficaz.
Etapa: generalización del concepto de plaga
Periodo: desde la Ley de Plagas del Campo de 21 de mayo
de 1908 hasta el año 1924.
La ley de 21 de mayo 1908 insiste en facilitar una mínima or-
ganización para la lucha de las plagas filoxera y langosta, y en su ca-
pítulo I dispone:
«Se considera plaga del campo, para los efectos de la prece-
dente ley, todo estado patológico o daño ocasionado por criptógamas,
especialmente hongos, y animales, principalmente insectos, cuando
haya adquirido, o amenaza adquirir, en la localidad donde se hubiere
presentado, caracteres de generalidad o de expansión suficientes para
producir perjuicios de importancia en las plantas cultivadas.
Quedan, por tanto, incluidas en la presente Ley todas las en-
fermedades de los cultivos herbáceos y arbóreos que no constituyan
masa forestal, debida a causas a que alcance la definición anterior;
previa la declaración, en cada caso, en la forma y por los órganos a
que se refieren los artículos siguientes»
Sorprende la modernidad de esta definición, que se adelanta
en varias décadas al actual concepto de "umbral de tolerancia".
Además, esta ley deja abierto el concepto de plagas a cual-
quier agente nocivo de origen biótico, por lo que implícitamente que-
dan incluidos agentes nocivos a las plantas todavía no identificados,
como virus, bacterias y micoplasmas.
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