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PESTICIDAS

· Deficiencias psíquicas manifiestas (no sería posible superar la evaluación
del curso, establecida en el artículo cuarto del ya citado Decreto 14/95).
· Enfermedades hepáticas graves, tipo cirrosis.
· Enfermedades renales graves.
· Enfermedades cardio-repiratorias importantes, como las que supon-
gan disnea intensa y persistente.
· Cualquier otra enfermedad o defecto físico importante que de forma
segura se conozca su agravamiento al contacto con estos productos,
o imposibilite el trabajo con ellos.
1.4. Envío de resultados
Una copia de los resultados, cuando las actividades se ha-
cen desde la propia Conselleria de Sanitat, es remitida directamen-
te a cada trabajador, acompañadas de una carta que explica lo que
se observa en los análisis, y las recomendaciones que de ello se
derivan, incluyendo si debe acudir al médico para que realice el
oportuno seguimiento, en el caso de que la anomalía detectada lo
haga necesario.
Los problemas de salud encontrados durante la exploración-
se comunican en el momento al interesado.
Cuando por motivos de salud existe algún impedimento para
trabajar con plaguicidas, por escrito se comunica al interesado que
el informe médico específico, de momento, es negativo; si desapa-
rece el problema de salud podrá solicitar nuevamente ese carné, diri-
giéndose a la Unidad de Salud Laboral, del Area correspondiente,
debiendo acompañar el informe del médico correspondiente donde
se justifique la nueva situación.
1.5. Recomendaciones para los análisis
Las condiciones en las que se debe acudir a la realización de
los análisis, para que sean correctos, son los siguientes:
· Para el de ORINA:
Es conveniente llevar de casa recogida de la primera orina
de la mañana, al levantarse, en envase pequeño de los que ven-
den en las farmacias. Previo lavado de los genitales externos, se
desecha la orina del principio de la micción, y se recoge la
siguiente. Si esto no le fuera posible, se recogería la orina en el
momento del examen.
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