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PESTICIDAS

Por todo lo expuesto, debemos considerar a la apicultura
como una parte complementaria de la agricultura, por facilitar la poli-
nización de las plantas y por ser un importante sector de la produc-
ción, que facilita recursos para el consumo humano.
Y el apicultor debe atenerse a unas normas sobre las colmenas:
· La obtención de los correspondientes permisos para el emplazamien-
to de sus colmenas en las fincas agrícolas.
· Traslados de las mismas.
· La señalización de su existencia.
· La identificación del propietario de las colmenas.
· El respeto de las distancias mínimas establecidas a carreteras y nú-
cleos habitados.
Se deberá tener en cuenta la legislación al respecto, como la
Orden del Ministerio de Agricultura de 9 de diciembre de 1975 y la
normativa concreta que al efecto dicte la Conselleria de Agricultura
en cada momento, y concretamente, por ahora, en los que se esta-
blecen las regulaciones sobre registro de explotaciones apícolas, em-
plazamientos de las mismas y tratamientos fitosanitarios sobre plan-
tas en floración así como las medidas experimentales para limitar la
polinización cruzada en las plantaciones de cítricos. (Decretos
40/1993, 49/1994 y 29/2002 del Gobierno Valenciano).
Independientemente de ello, el agricultor debe tener en cuenta las
siguientes recomendaciones para afectar lo menos posible a las abejas:
·
En el período de floración de los cultivos, evitar los tratamientos y si es
posible también los de las malas hierbas cuando estén en floración.
·
Momento de aplicación: los tratamientos deberán ser realizados en
horas en que las abejas no se encuentren activas, es decir, a partir de
media tarde, ya que las abejas detienen su actividad con temperatu-
ras menores a los 10 grados, y en el caso de colonias débiles a partir
de los 15 grados.
·
Productos: deberán emplearse siempre los productos fitosanitarios
autorizados que presenten menos peligrosidad para las abejas, prefe-
rentemente los inocuos o los de moderada toxicidad al atardecer, y
en ningún caso los considerados como tóxicos, los cuales están indi-
cados más adelante.
·
Dosis: no sobrepasar las dosis recomendadas. El uso inadecuado de
los plaguicidas, además de la muerte de las abejas, puede provocar
otros efectos y alteraciones en las mismas, tales como la de mayor
debilidad ante enfermedades, disminución en la reproducción, menos
producción de miel, desorientación en la información que facilitan al
resto de la colmena sobre la ubicación de fuentes de polen, etcétera.
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