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EXPOSICIÓN AL AMIANTO
confirmación diagnóstica, y siempre que en la vigilancia sanitaria específica se ponga de manifiesto
alguno de los signos o síntomas determinados en las pautas y protocolos a que se refiere el apartado 1.
En el Programa Nacional de vigilancia de la
- Crepitantes inspiratorios persistentes, basales
salud de los trabajadores que han estado expues-
o axilares.
tos a amianto y protocolo de vigilancia sanitaria
- Alteraciones radiológicas pleurales no filiadas o
específica amianto (revisión 2003), establece:
de nueva aparición, o alteraciones radiológicas sos-
pechosas de enfermedad pulmonar intersticial
"En los exámenes de salud periódicos, será sepa-
difusa.
rado del trabajo con riesgo y remitido a un servicio
- Alteraciones de la exploración de la función
especializado en neumología, a efectos de posible
ventilatoria compatibles con patología.
confirmación diagnóstica, cuando se pongan de
manifiesto alguno de los siguientes signos o síntomas:
En estos casos, se declarará la situación de inca-
pacidad temporal por Enfermedad Profesional en
- Disnea de esfuerzo.
período de observación, de acuerdo con lo estable-
- Dolor torácico persistente no atribuible a otro
cido en los artículos 116 y 128 del Texto Refundido
tipo de patología.
de la Ley General de la Seguridad Social."
3. Habida cuenta del largo período de latencia de las manifestaciones patológicas por amianto, todo
trabajador con antecedentes de exposición al amianto que cese en la relación de trabajo en la empresa
en que se produjo la situación de exposición, ya sea por jubilación, cambio de empresa o cualquier otra
causa, seguirá sometido a control médico preventivo, mediante reconocimientos periódicos realizados,
a través del Sistema Nacional de Salud, en servicios de neumología que dispongan de medios adecua-
dos de exploración funcional respiratoria u otros Servicios relacionados con la patología por amianto.
Existe un Programa Integral de Vigilancia de la
El programa integral de vigilancia de la salud
Salud de los Trabajadores que han estado expuestos
de los trabajadores que han estado expuestos a
a Amianto aprobado por la Comisión de Salud
amianto y protocolo de vigilancia sanitaria especí-
Pública (reunión de 12 de diciembre de 2002), por la
fica amianto (revisión 2003), establece:
Comisión Nacional de Salud en el Trabajo (Plenario de
29 de enero de 2003) y por el Consejo Interterritorial
"Siendo los exámenes de salud periódicos de
del Sistema  Nacional de Salud (reunión de su
los trabajadores que estuvieron expuestos al
Comisión Delegada de 26 de febrero de 2003), cuya
amianto una obligación a atender por el Sistema
ejecución corresponde a las Autoridades Sanitarias
Nacional/Autonómico de Salud, y disponiendo
de las Comunidades Autónomas.
de Servicios de Neumología y otros con capacidad
Esta información, así como el estado de otros
suficiente para llevar a cabo estos exámenes de
protocolos, puede actualizarse consultando la
salud, es necesario establecer y dar a conocer los
página web del Ministerio de Sanidad y Consumo:
cauces necesarios para facilitar su realización a los
trabajadores que tienen derecho a ellos, evitándo-
http://www.msc.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/salud
les desplazamientos innecesarios y simplificando
Laboral/vigiTrabajadores/home.htm
los procedimientos."
CAPÍTULO III
DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 17.
Obligación de inscripción en el Registro de empresas con riesgo por amianto.
1. Todas las empresas que vayan a realizar actividades u operaciones incluidas en el ámbito de
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