EXPOSICIÓN AL AMIANTO
No obstante lo anterior, corresponde a la
acreditación, tanto para los que la hayan
autoridad laboral autonómica la acreditación
obtenido conforme a la normativa vigente
de los nuevos laboratorios, así como el con-
como las de aquellos que la obtuvieron con
trol del mantenimiento de las condiciones de
anterioridad.
Artículo 6.
Medidas técnicas generales de prevención.
En todas las actividades a que se refiere el artículo 3.1, la exposición de los trabajadores a fibras
procedentes del amianto o de materiales que lo contengan en el lugar de trabajo debe quedar redu-
cida al mínimo y, en cualquier caso, por debajo del valor límite fijado en el artículo 4.1, especialmente
mediante la aplicación de las siguientes medidas:
a) Los procedimientos de trabajo deberán concebirse de tal forma que no produzcan fibras de
amianto o, si ello resultara imposible, que no haya dispersión de fibras de amianto en el aire.
b) Las fibras de amianto producidas se eliminarán, en las proximidades del foco emisor, preferen-
temente mediante su captación por sistemas de extracción, en condiciones que no supongan un
riesgo para la salud pública y el medio ambiente.
c) Todos los locales y equipos utilizados deberán estar en condiciones de poderse limpiar y man-
tener eficazmente y con regularidad.
En este artículo se indican las medidas técnicas
siempre que esto sea posible, mediante opera-
generales de prevención que se deberán aplicar
ciones inversas a las de su montaje.
con el fin de conseguir que, en todas las activida-
- Humectación de materiales.
des en las que un trabajador pueda estar expuesto
- Empleo de herramientas manuales o de baja
a fibras de amianto, dicha exposición sea la
velocidad que no produzcan fuertes vibra-
mínima técnicamente posible, y esté siempre por
ciones.
debajo del valor límite. Estas medidas se tendrán
en cuenta en la elaboración de las instrucciones o
b) Medidas que disminuyen la dispersión de fibras
procedimientos de trabajo cuando se trate de acti-
al ambiente:
vidades incluidas en el artículo 3.2 y serán descri-
- Extracción localizada con filtros de alta efica-
tas en los planes de trabajo como se especifica en
el artículo 11.2.
cia para partículas.
Las medidas que se mencionan en este artículo
- Limpieza y recogida continua de los residuos
requieren distintos recursos técnicos, algunos sen-
que se generen.
cillos y otros más complejos que podrán ser utili-
- No realizar operaciones de soplado, proyec-
zados individual o combinadamente para mejorar
ciones o maniobras bruscas que provoquen
su eficacia. Se optará por las más adecuadas en
movimientos y perturbaciones que puedan
función del tipo de trabajo y del resultado de la
favorecer la dispersión de fibras en el aire.
evaluación de riesgos, según lo descrito en los
comentarios al artículo 5, dándose prioridad a las
c) Medidas que facilitan la limpieza y descontami-
medidas que se apliquen en el origen de la emi-
nación de la zona de trabajo:
sión y a las de protección colectiva.
A continuación se indican una serie de medidas
- Preparación previa de la zona de trabajo con
que han demostrado ser eficaces en el control de la
retirada de elementos móviles y aislamiento
emisión de fibras de amianto que se encuentran
de los elementos que no se puedan trasladar.
ampliadas con más detalle en el Apéndice 3.
- Recubrimiento del suelo con material plástico
para recoger y facilitar la retirada de los residuos.
- Prohibición de barrido y aspiración conven-
a) Medidas que reducen la emisión de fibras:
cional.
- No utilizar procedimientos de trabajo que
- Limpieza por vía húmeda y/o limpieza en
supongan rotura y fragmentación de los MCA.
seco mediante aspiradoras con filtro de alta
Los materiales se retirarán enteros e intactos
eficacia para partículas.
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