Page 25 - Artículos de Opinión en ECONOMIA de MALLORCA del ULTIMA HORA 2003-2004
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MANCOMUNAR O NO MANCOMUNAR ... ¿ESA ES LA CUESTIÓN?. Cuando algo se presenta como la panacea para un problema enquistado y de difícil solución, podemos sospechar que no resultará tan sencillo como nos prometen. Mancomunar, gestionar en común la salud laboral, sugiere varias preguntas: ¿Quién? ¿Para qué? ¿Cómo?. El Reglamento de los Servicios de Prevención establece esta posibilidad entre empresas que desarrollen simultáneamente actividades en un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial. También podrán hacerlo empresas de un mismo sector productivo, grupo empresarial, o asentadas en un polígono industrial o área geográfica limitada. Poniendo algunos ejemplos: cadenas hoteleras, profesionales de un área comercial o de servicios, un gran centro hospitalario y sus subcontratas, diversas administraciones públicas, colectivos laborales sectoriales, etc. Esto responde al ¿Quién?, aunque muy brevemente. ¿Para qué?. En el mismo reglamento se pone una condición que puede valer como respuesta: para y siempre que, quede garantizada su operatividad y eficacia, teniendo en cuenta la situación de los diversos centros de trabajo respecto del servicio, a fin de asegurar la adecuación de los medios a los riesgos existentes, pues parece fácil de entender que no es lo mismo cubrir 2 todo el territorio nacional, incluidas las islas, que un polígono industrial de 10.000 m , diferencia que a menudo se pasa por alto. Se trata de mejorar la relación calidad – precio, no reduciendo precios para resultados similares, sino obteniendo mejores resultados por precios parejos. ¿Cómo se consigue?. Un servicio mancomunado es el Servicio de Prevención Propio de las empresas que lo constituyen, cumpliendo todos sus requisitos y contando con los medios exigidos a estos; a saber: - Constituir una unidad organizativa específica en la que sus integrantes dedican de forma exclusiva su actividad en las empresas a la finalidad preventiva. - Contar con las instalaciones y los medios humanos y materiales necesarios para la realización de las actividades a desarrollar. Al menos con dos disciplinas preventivas, no necesariamente dos expertos, pero con la capacitación requerida para las funciones a desempeñar y actuando de forma coordinada con los demás técnicos (son cuatro especialidades) en cuanto al diseño preventivo de los puestos de trabajo, la identificación y evaluación de los riesgos, los planes de prevención y los planes de formación de los trabajadores.