2277 Para los bultos que tengan
una masa bruta superior a 30 kg,
las marcas o una reproducción de
éstas deberán figurar:
1.- En la parte superior y en dos
lados del embalaje.
2.- En dos lados opuestos del
embalaje.
3.- En la parte inferior y en dos
lados del embalaje.
4.- Todas son incorrectas.
Respuesta: 4