2276 Para los bultos que tengan
una masa bruta superior a 30 kg,
las marcas o una reproducción de
éstas deberán figurar:
1.- Siempre en la parte superior.
2.- Siempre en un lado del
embalaje.
3.- En la parte superior o en un
lado del embalaje.
4.- Todas son incorrectas.
Respuesta: 3