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680 ¿Es obligatorio llevar a bordo del vehículo la
relación de comprobaciones para la carga de
mercancías peligrosas?
1.- Sí, siendo la responsabilidad del cargador.
2.- Sí, siendo la responsabilidad del cargador, en
la carga, y del descargador en la descarga.
3.- Sí, siendo únicamente responsabilidad del
transportista llevarla a bordo del vehículo.
4.- No, no es obligatorio llevarla a bordo del
vehículo.
Respuesta: 4
Norma: Real Decreto 551/2006 Artículo 26.2