<<  <  >  >>  TESTS CONSEJERO
679 ¿En qué plazo debe remitir la empresa a la
Administración el informe anual de mercancías
peligrosas?
1.- En el primer semestre del año siguiente al del
informe.
2.- En el primer trimestre del año siguiente al del
informe.
3.- Antes del día 28 de febrero del año siguiente
al del informe.
4.- Antes del día 31 de enero del año siguiente al
del informe.
Respuesta: 2
Norma: Real Decreto 551/2006 Disposición final

primera