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FORO

4 Los menores de 18 años
no ocuparán puestos en los
que pueda presentarse un
riesgo específico a agentes,
procesos o condiciones de
trabajo que puedan poner
en peligro la seguridad o
salud de los trabajadores,
teniendo especialmente en
cuenta su falta de
experiencia y su inmadurez.
(Ley 31/95).
Medidas preventivas
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