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b)
A continuación, el agua y la muestra se llevarán a una temperatura de 50 ºC ± 5 ºC y se
mantendrán así durante 4 horas.
c)
A continuación se determinará la actividad del agua.
d)
La muestra se conservará a continuación durante al menos 7 días en aire en reposo con
una humedad relativa no inferior al 90% a una temperatura de al menos 30 ºC.
e)
A continuación se sumergirá la muestra en agua de iguales características que las
descritas en el apartado a) anterior; luego el agua y la muestra se llevarán a una
temperatura de 50 °C ± 5 °C y se mantendrán así durante 4 horas.
f)
Por último, se determinará la actividad del agua.
2.2.7.2.3.3.8
Para las muestras que comprendan o simulen materias radiactivas en una cápsula sellada, se
procederá bien a una determinación de la lixiviación, bien a un control volumétrico de la
estanqueidad, tal como se describe a continuación:
a)
La determinación de la lixiviación comprende las operaciones siguientes:
i)
la muestra se sumergirá en agua a temperatura ambiente. El agua tendrá un pH
inicial comprendido entre 6 y 8 y una conductividad máxima de 1 mS/m a 20
ºC.
ii)
el agua y la muestra se llevarán a una temperatura de 50 ºC ± 5 ºC y se
mantendrán así durante 4 horas.
iii)
a continuación se determinará la actividad del agua.
iv)
la muestra se conservará a continuación durante al menos 7 días en aire en
reposo y una humedad relativa no inferior al 90% a una temperatura de al menos
30 ºC.
v)
se repetirán las operaciones descritas en i), ii) y iii).
b)
El control volumétrico de la estanqueidad, que puede hacerse en lugar de la prueba
anterior, comprenderá las pruebas prescritas en la norma ISO 9978:1992,
"Radioprotección radiológica - Fuentes radiactivas selladas - Métodos de ensayo de la
estanqueidad", que son aceptables para la autoridad competente.
Materias radiactivas de baja dispersión
2.2.7.2.3.4
2.2.7.2.3.4.1
El diseño de las materias radiactivas de baja dispersión requerirá una aprobación
multilateral. Las materias radiactivas de baja dispersión serán tal que la cantidad total de
dicho material en un bulto habrá de cumplir los siguientes requisitos:
a)
El nivel de radiación a 3 m desde el material radiactivo sin protección no pasará de
10 mSv/h;
b)
Si se le somete a las pruebas especificadas en los apartados 6.4.20.3 y 6.4.20.4, la
emisión al aire en formas gaseosas y de particulas de un diámetro aerodinámico
equivalente de hasta 100 µm no pasará de 100 A2. Se podrá emplear una muestra
individual para cada prueba; y
c)
Si se le somete a la prueba especificada en el apartado 2.2.7.2.3.1.4 la actividad del
agua no pasará de 100 A2. Al aplicar esta prueba, se tendrán en cuenta los efectos
dañinos de las pruebas especificados en el punto (b) anterior.
2.2.7.2.3.4.2
Las materias radiactivas de baja dispersión se someterá a pruebas de la siguiente manera:
Se someterá a una muestra que incluya o simule materias radiactivas de baja dispersión al
ensayo térmico reforzado que se especifica en el apartado 6.4.20.3 y la prueba de impacto
que se especifica en el 6.4.20.4. Se podrá emplear una muestra individual para cada
prueba. Tras cada prueba, se someterá a la prueba a la prueba de lixiviación que se
especifica en el apartado 2.2.7.2.3.1.4. Después de cada prueba se determinará si se han
cumplido las disposiciones aplicables del apartado 2.2.7.2.3.4.1.
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