Socio colectivo.
Socio de una sociedad colectiva o
comanditaria que responde personal,
ilimitada y solidariamente de las
operaciones de la sociedad. En una
sociedad colectiva son los socios
capitalistas, y no generalmente los
industriales, los que pueden obligar a la
sociedad. En una sociedad comanditaria
tiene que haber al menos un socio colectivo,
siendo el resto comanditarios.
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