<<  <  >  >>
SUITE101FACEBOOKYOUTUBE FORMACION  LIBROS   DERECHO

Reserva legal.
Cuenta de reservas establecida en España
por la Ley de Sociedades Anónimas. Se
constituye con el 10 por 100 de los
beneficios después de impuestos, siempre
que éstos superen el 6 por 100 del capital
social, y hasta constituir un fondo del 20
por 100 de éste.
5671