Libertad de establecimiento.
Libre acceso y ejercicio de actividades no
asalariadas, y de constitución y gestión de
empresas por todo el territorio comunitario
para cualquier nacional de un Estado
miembro. Esta libertad, junto con la de
circulación de personas, mercancías,
capitales y libre prestación de servicios,
constituye la base del Mercado Común.
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