Actos jurídicos comunitarios.
Actos jurídicos de las instituciones
comunitarias que constituyen Derecho
derivado. Son: Reglamento, directamente
aplicable y obligatorio para todos los
sujetos de derecho de los Estados
miembros; Directiva, que no es de
aplicación directa ya que necesita para su
aplicación la utilización de un instrumento
nacional (Ley, Decreto, etc.); Decisión, acto
jurídico dirigido a un particular, empresa o
Estado al que obliga; Recomendación y
Dictamen, de carácter no obligatorio.
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