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PESTICIDAS

Categoría segunda: si deben considerarse como tales: "T,
R60, Puede perjudicar la fertilidad" o "T, R61, Riesgos durante el
embarazo de efectos adversos para el feto".
Categoría tercera: Sustancias preocupantes de producir
dichos efectos. "Xn, R62, Posible riesgo de perjudicar la fertilidad" o
"Xn, R63, Posible riesgo durante el embarazo de efectos adversos
para el feto".
4.- Según sus efectos para el medio ambiente
Peligrosos para el medio ambiente.- Son los productos químicos
que presentan o pueden presentar un peligro inmediato o futuro para
uno o más componentes del medio ambiente. SÍMBOLO:
- Tóxicos para los organismos acuáticos
- Riesgos para el medio ambiente no acuático.
Estas clasificaciones sustituyen a las anteriores, incluyendo
la tan conocida que los agrupaba de menor a mayor toxicidad en
cuatro categorías A, B, C, D, y además de considerar los efectos
agudos, es decir, los inmediatos causados por una sola dosis, admi-
ten cualquier otro.
La toxicidad del principio activo de un plaguicida se fijaba en
función de los resultados que se obtenían mediante experimentación
animal, en la que se valoraban, fundamentalmente, los efectos agu-
dos. La forma más habitual de realizarlo era averiguando la llamada
dosis letal 50 (DL50), si penetraba por la boca o por la piel y la con-
centración letal 50 (CL50), si el plaguicida era en forma de gas y, por
tanto, su vía de entrada más importante era la vía respiratoria. La
determinación de la DL50 o de la CL50, según los casos, proporcio-
naba para los diferentes plaguicidas químicos la situación, en la
escala de toxicidad, de cada uno de ellos.
Este método también se ha utilizado para confeccionar la
nueva clasificación, pero teniendo en cuenta que las dosis letales
están fijadas a partir de lo que ocurre con animales, por ejemplo ratas,
calculando después de forma proporcional según el peso la dosis
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