OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
c) Cuando existan líneas del tendido eléctrico aéreas que puedan afectar a la seguridad en la obra
será necesario desviarlas fuera del recinto de la obra o dejarlas sin tensión. Si esto no fuera posible,
se colocarán barreras o avisos para que los vehículos y las instalaciones se mantengan alejados de las
mismas. En caso de que vehículos de la obra tuvieran que circular bajo el tendido se utilizarán una
señalización de advertencia y una protección de delimitación de altura.
Los desvíos de las líneas aéreas del tendido
614/2001. "Riesgo eléctrico" y en su correspon-
eléctrico se realizarán en coordinación con la com-
diente Guía técnica. Todo ello se llevará a cabo así
pañía suministradora y de acuerdo con la legisla-
mismo en coordinación con la compañía suminis-
ción vigente, solicitando las autorizaciones y per-
tradora.
misos correspondientes. Los trabajos se ejecutarán
Por lo que se refiere a la colocación de barreras,
por empresas autorizadas por los organismos
avisos, señalización de advertencia y protección
competentes de la administración del respectivo
de delimitación de altura, se atenderá a lo especi-
ámbito territorial.
ficado en el anexo V del Real Decreto citado en el
Para dejar sin tensión una línea aérea eléctrica
párrafo anterior.
se seguirá lo establecido en el anexo II del RD
11. Estructuras metálicas o de hormigón, encofrados y piezas prefabricadas pesadas:
a) Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabrica-
das pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo se podrán montar o desmontar
bajo vigilancia, control y dirección de una persona competente.
Las exigencias de vigilancia, control y dirección
como los medios de prevención y protección nece-
de los trabajos de montaje y desmontaje por una
sarios.
persona competente(*) que se indican en este apar-
La persona competente(*) deberá supervisar
tado tienen por objeto garantizar la estabilidad de
que se cumplen las exigencias de estabilidad y
las estructuras (provisionales y definitivas), piezas
solidez establecidas en el apartado 2 de la partes A
prefabricadas pesadas y medios auxiliares necesa-
y en el apartado 1 de la parte C de este anexo IV.
rios (encofrados, soportes temporales y apuntala-
Todo lo anterior es independiente de las funcio-
mientos). En consecuencia, se deberá disponer de
nes que al respecto tiene encomendadas la direc-
un procedimiento de trabajo para dichos montaje
ción facultativa o la dirección de obra, cuando sea
y desmontaje en el que conste el orden a seguir así
obligada su existencia.
b) Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse,
montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgos las cargas a que sean sometidos.
Se entiende que los elementos citados en este
un proceso de montaje y mantenimiento previa-
apartado cumplen los requisitos establecidos
mente establecido.
cuando se dé al menos uno de los siguientes
- Que se empleen productos certificados, nor-
supuestos:
malizados o amparados por un documento de
idoneidad técnica, siempre que se instalen y
- Que se ejecuten de acuerdo con lo definido y
mantengan de acuerdo con las instrucciones del
calculado en el proyecto de ejecución, siguiendo
fabricante.
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Ver notas aclaratorias
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