OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
d) Las superficies transparentes o translúcidas de las puertas o portones que no sean de materia-
les seguros deberán protegerse contra la rotura cuando ésta pueda suponer un peligro para los tra-
bajadores.
8. Vías de circulación:
Para garantizar la protección de los trabajadores, el trazado de las vías de circulación deberá estar
claramente marcado en la medida en que lo exijan la utilización y las instalaciones de los locales.
La señalización de los distintos locales se reali-
áreas de trabajo, evitando interferencias entre los
zará de acuerdo con lo especificado en el apartado
puestos de trabajo próximos y estableciendo los
3 - Vías de circulación - del anexo VII del RD
pasillos - libres de obstáculos - provisionales o
485/1997. "Señalización" y en su Guía técnica.
fijos.
La señalización horizontal de los locales se rea-
Las características de la señalización estarán en
lizará, siempre que sea necesario, delimitando las
función del uso de cada uno de los diferentes locales.
9. Escaleras mecánicas y cintas rodantes:
Las escaleras mecánicas y las cintas rodantes deberán funcionar de manera segura y disponer de
todos los dispositivos de seguridad necesarios. En particular deberán poseer dispositivos de parada
de emergencia fácilmente identificables y de fácil acceso.
Cuando se utilicen escaleras mecánicas y cintas
la construcción e instalación de escaleras mecáni-
rodantes en las obras se puede tomar como refe-
cas y andenes móviles".
rencia la Norma Tecnológica de la Edificación
Por lo que respecta a las operaciones de mante-
NTE-ITE/1984  "Instalaciones  de  transporte.
nimiento puede consultarse la norma UNE-EN
Escaleras mecánicas" (BOE49, de 27 de
13015:2002 "Mantenimiento de ascensores y esca-
febrero), así como las normas UNE-EN 115:1995 y
leras mecánicas. Reglas para las instrucciones de
UNE-EN 115/A1:1998 "Normas de seguridad para
mantenimiento".
10. Dimensiones y volumen de aire de los locales:
Las referencias incluidas en este apartado rela-
se formulan a título orientativo y están basadas en
cionadas con alturas, superficies, volúmenes, etc.
el RD 486/1997. "Lugares de trabajo".
Los locales deberán tener una superficie y una altura que permita que los trabajadores lleven a
cabo su trabajo sin riesgos para su seguridad, su salud o su bienestar.
Los locales deberán tener suficiente espacio
En la fase de diseño de los locales se deberán
para permitir a los trabajadores acceder con facili-
prever las instalaciones, equipos de trabajo y
dad a los puestos de trabajo y moverse fácilmente
materiales necesarios para ejecutar la actividad y
dentro de los mismos.
uso correspondientes. En función de estos pará-
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