OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
b) Las ventanas y vanos de iluminación cenital deberán proyectarse integrando los sistemas de
limpieza o deberán llevar dispositivos que permitan limpiarlos sin riesgo para los trabajadores que
efectúen este trabajo ni para los demás trabajadores que se hallen presentes.
Cuando se proyecte la construcción de obras en
En cualquier caso, para establecer las medidas
preventivas necesarias a fin de efectuar las opera-
las que existan puestos de trabajo en el interior de
ciones de limpieza sin riesgos, hay que considerar:
los locales se tendrán en cuenta los riesgos que
pueden derivarse de las tareas de limpieza y man-
a) La configuración del puesto de trabajo y las
tenimiento de ventanas y vanos de iluminación.
vías de tránsito.
Las medidas más adecuadas para la limpieza
b) La prevención de caída de personas desde el
sin riesgo de ventanas y vanos de iluminación
puesto de trabajo.
son las previstas e incluidas en el diseño del local
c) La prevención de caída de objetos desde el
o edificio, bien porque estén dotadas de disposi-
puesto de trabajo.
tivos que permitan su limpieza desde el interior
d) La prevención de deslizamientos de perso-
(tales como ventanas batientes o similares), o
nas, objetos y materiales sobre superficies
bien porque incluyan sistemas para hacerlo
inclinadas y las roturas no previstas de ele-
desde el exterior en condiciones de seguridad
mentos dispuestos para el paso de perso-
(tales como plataformas de trabajo suspendidas o
nas.
góndolas).
e) Los medios de acceso seguros.
7. Puertas y portones:
a) La posición, el número, los materiales de fabricación y las dimensiones de las puertas y porto-
nes se determinarán según el carácter y el uso de los locales.
Para establecer la posición, número, materiales
- RD 786/2001."Reglamento de Seguridad con-
de fabricación y dimensiones de las puertas y porto-
tra incendios en los establecimientos industria-
nes se atenderá al uso de cada uno de los locales, en
les".
función de sus dimensiones y del número máximo
- RD 2177/1996. "Norma Básica de la Edificación,
de personas que puedan ocuparlos. Como referencia
NBE-CPI/96.
puede consultarse la reglamentación siguiente:
- RD 486/1997. "Lugares de trabajo".
b) Las puertas transparentes deberán tener una señalización a la altura de la vista.
c) Las puertas y los portones que se cierren solos deberán ser transparentes o tener paneles trans-
parentes.
La señalización de las puertas transparentes se
bajadores minusválidos en sillas de ruedas, los
deberá efectuar mediante elementos, si es preciso
paneles transparentes de las puertas y portones
reflectantes, que resalten sobre el color de fondo y
deberán estar situados a una altura tal que estos
la luz ambiental existente.
trabajadores puedan ver y ser vistos a través de
Cuando puedan existir desplazamientos de tra-
ellos.
78