OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
d) En todos los lugares en los que las condiciones de trabajo lo requieran se deberá disponer tam-
bién de material de primeros auxilios, debidamente señalizado y de fácil acceso.
Una señalización claramente visible deberá indicar la dirección y el número de teléfono del servi-
cio local de urgencia.
Se recomienda que el material de primeros auxi-
El material de primeros auxilios se revisará
lios incluya a título orientativo lo siguiente:
periódicamente y se repondrá tan pronto caduque
o sea utilizado.
-
algodón hidrófilo.
Aquellas obras de extensión lineal estarán dota-
-
esparadrapo de diferentes tamaños.
das de botiquines, al menos portátiles, en los
-
apósitos adhesivos.
"tajos" más significativos o de elevada concentra-
-
vendas de diferentes tamaños.
ción de trabajadores.
-
tiras de sutura por aproximación.
Los vehículos que desplacen a trabajadores a
-
gasas estériles.
centros de trabajo que no dispongan de boti-
-
agua oxigenada.
quín - para desarrollar tareas de forma esporá-
-
alcohol.
dica - deberán estar dotados de un "botiquín de
-
desinfectante.
viaje".
-
pomada antihistamínica para picaduras.
Igualmente es conveniente disponer, en un
-
pomada antiinflamatoria.
lugar visible, información en la que se haga cons-
-
paracetamol.
tar el centro sanitario más próximo a la obra así
-
ácido acetilsalicílico.
como el recorrido más recomendable para acceder
-
guantes desechables .
al mismo, y cuantos teléfonos sean necesarios en
-
tijeras.
caso de urgencia. En las obras de carácter lineal
-
pinzas.
esta información estará disponible igualmente en
-
banda elástica para torniquetes.
los tajos más significativos.
-
manta.
15. Servicios higiénicos:
Las referencias incluidas en este apartado rela-
mentos, etc., se formulan a título orientativo y están
cionadas con superficies, alturas, número de ele-
basadas en el RD 486/1997."Lugares de trabajo".
a) Cuando los trabajadores tengan que llevar ropa especial de trabajo deberán tener a su disposi-
ción vestuarios adecuados.
Los vestuarios deberán ser de fácil acceso, tener las dimensiones suficientes y disponer de asien-
tos e instalaciones que permitan a cada trabajador poner a secar, si fuera necesario, su ropa de tra-
bajo.
Cuando las circunstancias lo exijan (por ejemplo sustancias peligrosas, humedad, suciedad), la
ropa de trabajo deberá poder guardarse separada de la ropa de calle y de los efectos personales.
Cuando los vestuarios no sean necesarios, en el sentido del párrafo primero de este apartado, cada
trabajador deberá poder disponer de un espacio para colocar su ropa y sus objetos personales bajo llave.
Se entiende por:
que se utiliza bien para distinguir unos trabajado-
res de otros o para preservar la ropa de calle
Ropa de calle: aquella que se emplea habitual-
(buzos, guardapolvos, batas, etc., utilizados en ofi-
mente para vestir fuera del trabajo.
cinas, almacenes, obras y similares).
Ropa de trabajo: aquella cuya finalidad no es
Ropa especial de trabajo: aquella diseñada para
proteger la salud y seguridad del trabajador, sino
proteger contra uno o varios riesgos en el trabajo.
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