OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
La señalización de estas zonas se efectuará de
Ejemplo de estas zonas: zonas de voladura,
acuerdo con el contenido del RD 485/1997.
centros de transformación, depósitos de combusti-
"Señalización".
ble, etc.
12. Muelles y rampas de carga:
a) Los muelles y rampas de carga deberán ser adecuados a las dimensiones de las cargas trans-
portadas.
Los muelles y rampas de carga se diseñarán
fijándose la anchura y altura precisas para permitir
tomando como base cada necesidad particular,
la circulación segura de vehículos y trabajadores.
b) Los muelles de carga deberán tener al menos una salida y las rampas de carga deberán ofrecer
la seguridad de que los trabajadores no puedan caerse.
Con carácter general, en las obras los muelles y
Muelles provisionales: aquellos que se cons-
rampas suelen ser provisionales. No obstante lo
truyen para una utilización temporal corta
anterior, cabe hacer las siguiente clasificación a
(muelles de carga o descarga de maquinaria,
efectos orientativos:
equipos, materiales etc.). En éstos se deberán
Muelles fijos: aquellos que permanecerán a lo
extremar las precauciones, calculando la resis-
largo de la obra o durante un periodo prolongado
tencia de los mismos en función de las circuns-
de la misma (muelles para almacenes, talleres, etc.).
tancias de uso.
En este caso se tendrá en cuenta lo indicado en
Los muelles o rampas con riesgo de caída a dis-
el anexo I-A punto 5 "Vías de circulación", apar-
tinto nivel superior a 2,00 m. de altura estarán pro-
tado 6 del RD 486/1997. "Lugares de trabajo" y en
tegidos mediante barandillas u otros sistemas
su Guía técnica.
equivalentes.
13. Espacio de trabajo:
Las dimensiones del puesto de trabajo deberán calcularse de tal manera que los trabajadores dis-
pongan de la suficiente libertad de movimientos para sus actividades, teniendo en cuenta la presen-
cia de todo el equipo y material necesario.
En todo lo relativo a los puestos de trabajo en el
Por lo que respecta a los puestos de trabajo en el
interior de los locales se tomará como referencia lo
exterior de los locales se recomienda planificar la
especificado en el anexo I-A, punto 2 "Espacios de
ubicación de los trabajadores por sectores, así
trabajo y zonas peligrosas", apartados 1º y 2º del
como la de los equipos fijos y materiales (acopios)
artículo 4, del RD 486/1997. "Lugares de trabajo",
que permanecerán de un modo permanente en la
así como en la Guía técnica del mismo elaborada
obra.
por el INSHT.
14. Primeros auxilios:
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