OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
contra los impactos mecánicos (código IK) (UNE-
citados impactos mecánicos en el exterior de los
locales será, como mínimo, IK084.
EN 50102:1996, UNE-EN 50102 CORR:2002, UNE-
EN 50102/A1:1999 y UNE-EN 50102/A1
Cuando se trate de instalaciones eléctricas el
CORR:2002 ), se tendrá en cuenta igualmente el
acceso a las partes activas de las mismas quedará
uso previsto para los mismos.
limitado a trabajadores autorizados o cualificados,
El grado de protección proporcionado por los
según sea el caso, de conformidad con el RD
envolventes de los materiales eléctricos contra los
614/2001."Riesgo eléctrico".
4. Vías y salidas de emergencia:
a) Las vías y salidas de emergencia deberán permanecer expeditas y desembocar lo más directa-
mente posible en una zona de seguridad.
Se entiende por zona de seguridad un espacio al
En cualquier caso, las vías y salidas de emer-
aire libre que permite que los ocupantes de un
gencia no deben utilizarse para el almacenamiento
local o edificio puedan llegar, a través de él, a una
provisional o permanente de cualquier tipo de
vía pública o posibilitar el acceso a los medios de
objeto o material. Su utilización debe ser posible
ayuda exterior.
en cualquier momento.
b) En caso de peligro, todos los lugares de trabajo deberán poder evacuarse rápidamente y en con-
diciones de máxima seguridad para los trabajadores.
En aquellas obras donde existan riesgos graves
requieran, las medidas necesarias para dar cum-
de sepultamiento, hundimiento, avenidas de agua,
plimiento a lo dispuesto en este apartado se refle-
etc., así como en las obras de construcción de túne-
jarán en un plan de emergencia. Cuando las carac-
les, galerías, pozos, derribos o demoliciones, reha-
terísticas y duración de la obra lo requieran,
bilitación y en aquellas otras en las que por sus cir-
deberán efectuarse simulacros periódicos a fin de
cunstancias o características especiales así lo
constatar la operatividad de dicho plan.
c) El número, la distribución y las dimensiones de las vías y salidas de emergencia dependerán del
uso, de los equipos y de las dimensiones de la obra y de los locales, así como del número máximo de
personas que puedan estar presentes en ellos.
Al no disponerse de una normativa específica
la Norma Básica de la Edificación, NBE-CPI/96,
para realizar los cálculos de las vías y salidas de
Condiciones de Protección contra Incendios en
emergencia se recomienda tomar como referencia
los edificios.
las siguientes:
- Real Decreto 786/2001, de 6 de julio (BOE nº
181, de 30 de julio), por el que se aprueba el
- Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre (BOE
Reglamento de seguridad contra incendios en
nº 261, de 29 de octubre), por el que se aprueba
los establecimientos industriales.
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La norma UNE-50102:1996 determina el sistema de codificación mediante el código IK seguido de un grupo de cifra desde 00 a 10.
Cada grupo de cifras representa un valor de la energía de impacto en julios.
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