OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
ANEXO III
CONTENIDO DEL AVISO PREVIO
1. Fecha:
2. Dirección exacta de la obra:
3. Promotor [(nombre (s) y dirección (es)]:
4. Tipo de obra:
5. Proyectista, [(nombre (s) y dirección (es)]:
6. Coordinador(es) en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto de obra
[(nombre (s) y dirección (es)]:
7. Coordinador(es) en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra [(nombre (s)
y dirección (es)]:
8. Fecha prevista para el comienzo de la obra:
9. Duración prevista de los trabajos en la obra:
10. Número máximo estimado de trabajadores en la obra:
11. Número previsto de contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos en la obra:
12. Datos de identificación de contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos, ya seleccionados:
El contenido de este anexo III se debe entender
autoridad laboral, tal y como ha sucedido en algu-
como de mínimos, pudiendo ser ampliado por la
nas comunidades autónomas.
ANEXO IV
DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y DE SALUD QUE DEBERÁN APLICARSE EN LAS OBRAS
También se consideran "lugares de trabajo", entre
Este Anexo está dividido en tres partes:
otros, los servicios higiénicos y locales de descanso,
Parte A: disposiciones mínimas generales relati-
los locales de primeros auxilios y los comedores, etc.
vas a los lugares de trabajo en las obras.
Las instalaciones de servicio o protección anejas
Parte B: disposiciones mínimas específicas rela-
a los lugares de trabajo se consideran como
tivas a los puestos de trabajo en las obras en el
parte integrante de los mismos.
interior de los locales.
- "Puestos de trabajo en el interior de los loca-
Parte C: disposiciones mínimas específicas rela-
les": aquellos que se ubican en un lugar de tra-
tivas a puestos de trabajo en las obras en el exte-
bajo que reúne las siguientes condiciones: espa-
rior de los locales.
cio totalmente definido que se puede aislar del
Antes de proceder a los comentarios sobre los mis-
resto de la obra, dispuesto para el uso final
mos, se considera necesario establecer el significado
requerido y que puede permitir, al menos en un
de los conceptos: "obra", "lugares de trabajo en las
cierto grado, el control de los factores medio-
obras", "puestos de trabajo en el interior de los loca-
ambientales (temperatura, ventilación, ilumina-
les" y "puestos de trabajo en el exterior de los locales".
ción, etc.). Se exceptúan los puestos de trabajo
El concepto "obra" ya quedó definido en el
de los operadores de maquinaria y vehículos.
comentario de esta Guía técnica al artículo 2, apar-
tado 1.a), por lo que únicamente cabe hacer men-
Como ejemplos de estos puestos se pueden citar
ción a los tres restantes conceptos.
los existentes en: talleres auxiliares, vestuarios,
servicios higiénicos, comedores, locales para des-
Se entiende por:
canso o primeros auxilios, oficinas, almacenes, etc.
- "Lugares de trabajo en las obras": aquellas
Estos locales pueden ser:
áreas del centro de trabajo, cualquiera que sea
1. De nueva construcción destinados a cual-
su fase de ejecución, en las que los trabajadores
quiera de los usos antes mencionados.
deban permanecer o a las que puedan acceder
para desarrollar su trabajo.
2. Adaptados, bien en lugares anexos o próxi-
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