OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
Por otra parte, y en el caso de que la obra con-
exclusivamente por dicho "cabeza de familia" a
sista en la construcción o reparación que pueda
trabajadores autónomos, cabe remitirse a los
realizar un "cabeza de familia" respecto de su
comentarios de esta Guía relativos al artículo 2,
vivienda, y su ejecución sea contratada directa y
apartado 3.
Artículo 13.
Libro de incidencias.
13.1. En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del plan de seguridad y
salud un libro de incidencias que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto.
Se puede entender como control y seguimiento
Se deberá disponer de un único ejemplar de
del plan de seguridad y salud en el trabajo de la
libro por obra. En caso de agotarse las hojas de
obra la comprobación periódica del cumplimiento
éste se habilitarán los libros sucesivos que sean
de las previsiones contenidas en el mismo.
necesarios.
El libro de incidencias debe ser un instrumento
Como el libro de incidencias es facilitado por
de utilización habitual en las obras dado que,
los colegios profesionales (obras de carácter pri-
además de los fines del mismo especificados en el
vado) o por las oficinas de supervisión de proyec-
artículo 14, apartado 1 del RD 1627/1997 relativos
tos u órgano equivalente de las Administraciones
a que en el precitado libro se han de reflejar los
blicas (obras de carácter público), es necesario
incumplimientos de las medidas de seguridad y
que exista un control sobre su expedición. Por
salud, tiene los correspondientes al control y
ello, deberá estar debidamente numerado y cons-
seguimiento del plan señalados en este artículo.
tar en un registro.
13.2. El libro de incidencias será facilitado por:
a) El Colegio profesional al que pertenezca el técnico que haya aprobado el plan de seguridad y
salud.
b) La Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente cuando se trate de obras de las
Administraciones públicas.
13.3. El libro de incidencias, que deberá mantenerse siempre en la obra, estará en poder del coor-
dinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra o, cuando no fuera necesa-
ria la designación de coordinador, en poder de la dirección facultativa. A dicho libro tendrán acceso
la dirección facultativa de la obra, los contratistas y subcontratistas y los trabajadores autónomos,
así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas
intervinientes en la obra, los representantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos espe-
cializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas compe-
tentes, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo, relacionadas con los fines que al libro se le
reconocen en el apartado 1.
El texto legal cuando especifica que "el libro de
dencias estará en poder del coordinador en materia
incidencias deberá mantenerse siempre en obra"
de seguridad y de salud durante la ejecución de la
lo hace en un sentido genérico y extenso. Por tan-
obra o, cuando no sea necesaria la designación de
to, es preciso que el coordinador o la dirección
coordinador, en poder de la dirección facultativa",
facultativa, en su caso, informe a todos los que
el mencionado coordinador o la dirección facultati-
tienen capacidad para acceder al repetido libro
va, en su caso, deberá determinar el procedimiento
del lugar destinado para su ubicación en la obra.
que garantice el acceso al libro,ndolo a conocer a
Igualmente, para hacer viable el requerimiento
todas las personas a las que el RD 1627/1997 auto-
de este Real Decreto relativo a que "el libro de inci-
riza a realizar anotaciones en el mismo.
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