OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la LPRL.
venio Colectivo General del Sector de la Construc-
En particular, teniendo en cuenta lo establecido
ción 2002-2006. Resolución del Ministerio de Tra-
en el apartado 3 de dicho artículo, cada empresa
bajo y Asuntos Sociales de 26 de julio de 2002
debe vigilar el cumplimiento de la normativa de
(BOE nº191, de 10 de agosto), conviene resaltar
prevención de riesgos laborales por parte de las
que: conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del
empresas por ella contratadas. En consecuencia, es
capítulo II del mismo, "cada subcontratista deberá
responsable no sólo de la coordinación de las activi-
poner en conocimiento de su contratista el hecho
dades de sus trabajadores, sino también de las desa-
de subcontratar a su vez la totalidad o parte de los
rrolladas por los trabajadores pertenecientes a las
trabajos a él contratados, y en todo caso con carác-
empresas contratadas. Igualmente es responsable de
ter previo a la iniciación de dichos trabajos".
la implantación y mantenimiento de las medidas
Dado que entre las obligaciones del coordina-
preventivas instauradas por estas últimas durante
dor en materia de seguridad y de salud durante la
todo el periodo de ejecución de la obra, así como de
ejecución de la obra se incluye la de organizar la
vigilar que dichas empresas cumplan y hagan cum-
coordinación de las actividades empresariales, los
plir a sus trabajadores las medidas referidas.
empresarios -y en especial los contratistas- debe-
En el caso de las empresas afectadas por el Con-
rán cooperar con dicho coordinador en esta tarea.
d) Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas
las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra.
Los contratistas y subcontratistas (empresas) están
de la empresa y que el trabajador autónomo
obligados a informar y proporcionar las instruccio-
debe conocer y llevar a la práctica.
nes a todos los trabajadores autónomos por ellos
- Específica, que emana del plan de seguridad y
contratados. Esta información e instrucciones son de
salud en el trabajo y que debe referirse tanto a los
dos tipos:
riesgos y medidas preventivas generales de la obra,
como a los relacionados con las tareas que cada tra-
- General, que emana del plan de prevención
bajador autónomo vaya a desarrollar en la misma.
e) Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad
y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa.
Los contratistas y subcontratistas están obligados
va de la obra, con independencia de que sea nece-
siempre a atender las indicaciones y cumplir las
saria la designación de coordinador en materia de
instrucciones provenientes de la dirección facultati-
seguridad y de salud durante la ejecución.
11.2.- Los contratistas y los subcontratistas serán responsables de la ejecución correcta de las medi-
das preventivas fijadas en el plan de seguridad y salud en lo relativo a las obligaciones que les
correspondan a ellos directamente o, en su caso, a los trabajadores autónomos por ellos contratados.
Además, los contratistas y los subcontratistas responderán solidariamente de las consecuencias
que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el plan, en los términos del aparta-
do 2 del artículo 42 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
El incumplimiento por parte de contratistas y
administrativa, sin perjuicio de las de otro orden
subcontratistas será objeto de responsabilidad
que pudieran concurrir en cada caso.
11.3.- Las responsabilidades de los coordinadores, de la dirección facultativa y del promotor no
eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas.
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