OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
El desarrollo de este artículo hace mención nue-
cobertura la previsión de riesgos derivados del
vamente a los "principios de la acción preventiva".
trabajo, la empresa respecto de sus trabajado-
En el comentario relativo al artículo 8, apartado 1
res, los trabajadores autónomos respecto a ellos
de esta Guía se transcribieron los principios gene-
mismos y las sociedades cooperativas respecto
rales de prevención del artículo 15.1 de la LPRL.
a sus socios cuya actividad consista en la pres-
A continuación se detallan los apartados 2, 3, 4
tación de su trabajo personal.
y 5 del citado artículo 15 que constituyen, junto
La aplicación de estos principios generales
con el ya referido artículo 15.1, la totalidad de los
supone que se han de extender los mismos a cual-
principios de la acción preventiva.
quier fase, tarea u operación de las que se ejecu-
2.- El empresario tomará en consideración las
ten en la obra.
capacidades profesionales de los trabajadores
La asignación de trabajadores para el desarro-
en materia de seguridad y de salud en el
llo de las distintas actividades de la obra requiere
momento de encomendarles las tareas.
que éstos posean tanto una formación general y
3.- El empresario adoptará las medidas necesa-
específica en materia de seguridad y salud, como
rias a fin de garantizar que sólo los trabajado-
una información sobre los riesgos y las medidas
res que hayan recibido información suficiente y
de prevención y protección aplicables, tal y como
adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo
se establece en la LPRL y en el Reglamento de los
grave y específico.
Servicios de Prevención.
4.- La efectividad de las medidas preventivas
Los riesgos graves y específicos, dado su carác-
deberá prever las distracciones e imprudencias
ter particular, tendrán un tratamiento concreto
no temerarias que pudiera cometer el trabaja-
para cada situación. Puesto que los trabajadores,
dor. Para su adopción se tendrán en cuenta los
tal y como se ha indicado en el párrafo anterior,
riesgos adicionales que pudieran implicar
deben poseer una formación general y específica
determinadas medidas preventivas, las cuales
en materia de seguridad y salud, ésta se comple-
sólo podrán adaptarse cuando la magnitud de
mentará con la información relativa a los mencio-
dichos riesgos sea sustancialmente inferior a la
nados riesgos graves y específicos previamente
de los que se pretende controlar y no existan
determinados.
alternativas más seguras.
Las disposiciones mínimas para la aplicación
5.- Podrán concertar operaciones de seguro que
de los principios de la acción preventiva se desa-
tengan como fin garantizar como ámbito de
rrollan en el anexo IV de este Real Decreto.
a) El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza.
Un buen estado de orden supone una organización y
Un buen estado de limpieza conlleva el aco-
planificación de las actividades a ejecutar en la obra.
pio, retirada y transporte del material sobran-
Para ello debieran tenerse en cuenta los medios y mate-
te. A este fin se recomienda la realización de
riales a emplear, así como los productos necesarios para
limpiezas periódicas mediante medios mecáni-
la ejecución de las actividades previstas. Esto implica:
cos (si ello es factible), la acumulación del
material de desecho en lugares adecuados y la
- Clasificar los materiales y equipos a utilizar.
eliminación del mismo lo antes posible. Todo
- Almacenar fuera del área de trabajo el mate-
ello aplicado a las distintas fases, tareas y ope-
rial innecesario.
raciones.
b) La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condi-
ciones de acceso, y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación.
Para elegir el emplazamiento de los puestos
vés de ellas. En caso necesario, dichas vías se
de trabajo se deberán tener en cuenta previa-
delimitarán para facilitar la circulación por
mente las vías de circulación tanto para peato-
éstas mediante la instalación de vallas, barreras
nes, como para vehículos y maquinaria, de
de seguridad rígidas y portátiles, marquesinas,
modo que se garantice el tránsito seguro a tra-
etc.
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