OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
I. INTRODUCCIÓN
El Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud
en las obras de construcción, es una norma reglamentaria que fija y concreta los aspectos más técnicos
de las medidas preventivas para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores
del
sector de la construcción.Este
Real Decreto nace en el ámbito de la Unión Europea como transposición de la Directiva92/57/CEE.
Para la elaboración de esta Directiva se tuvieron en cuenta aquellos aspectos del RealDecreto 555/1986, de 21 de febrero - modificado por el Real Decreto 84/1990, de 19 de enero - mediante
el cual se estableció la obligatoriedad de inclusión de un estudio de seguridad e higiene en algunos pro-
yectos de edificación y obras públicas.
El presente documento, de carácter interpretativo no vinculante, constituye la Guía técnica que per-
mite
la adecuación de las exigencias de este Real Decreto facilitando la evaluación y prevención de losriesgos relativos a las obras de construcción.
Para
su elaboración se han tenido en cuenta los acuerdos, alcanzados por consenso, sobre las materiasdebatidas
por el Grupo de Trabajo de Construcción. Dicho Grupo fue constituido por mandato de laComisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y en el mismo participan las Administraciones
Públicas (Administración General del Estado y Comunidades Autónomas) y las Organizaciones
Empresariales y Sindicales más representativas.
Este
Real Decreto se estructura en dos partes, una jurídica y otra técnica. La jurídica incluye el articu-lado
agrupado en cuatro capítulos así como las disposiciones transitoria, derogatoria y finales. La partetécnica se materializa, a su vez, en cuatro anexos; en el primero se especifica una relación no exhaustiva
de las obras de construcción o de ingeniería civil, el segundo contiene una relación no exhaustiva de los
trabajos
que implican riesgos especiales, el tercero recoge el contenido del aviso previo y el cuarto yúltimo, en el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud que deberían ser aplica-
das
en las obras de construcción, está subdividido a su vez en tres partes: A,B y C.Para
facilitar su consulta la Guía se presenta transcribiendo íntegramente el Real Decreto e interca-lando,
en los preceptos en los que se ha considerado oportuno, las observaciones o aclaraciones perti-nentes
o, cuando éstas son numerosas o complejas, agrupándolas en un anexo específico al que se hacereferencia
en el apartado correspondiente.NOTA:
En los recuadros en color se incluye el texto del Real Decreto 1627/1997.
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