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Empeñar.
Dejar en prenda bienes, o documentos
representativos de bienes, en manos del
prestamista como garantía del préstamo
recibido. La propiedad de la cosa
empeñada sigue siendo del deudor, que
puede recuperar su posesión devolviendo el
préstamo con los intereses pactados o el
valor de rescate del bien que se hubiera
acordado.
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