Derechos compensatorios.
Equivale a montantes compensatorios
monetarios. Exacciones o restituciones que
tienen como fin amortiguar los efectos
negativos que sobre el comercio agrícola
intracomunitario se producen a causa de
mantener unos tipos de cambio distintos de
los tipos utilizados en el mercado de divisas.
Tras la introducción del Sistema Monetario
Europeo (SME) se ha pretendido evitar la
creación de MCM permanentes, y la
progresiva disminución de los existentes.
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