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Bienes gananciales.
Bienes que se adquieren durante el
matrimonio por cualquiera de los cónyuges
mediante su trabajo, compra u otro
contrato, así como los frutos de los bienes
que cada cónyuge aportó al matrimonio.
Sólo se dan cuando el matrimonio está
sometido al régimen económico
denominado de gananciales, en cuyo caso
la propiedad se comparte al 50%.
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