Bien raíz.
Bien de situación fija y no susceptible de
traslado sin detrimento de su existencia.
Ocupa un lugar invariable en el espacio. Se
consideran bienes inmuebles las fincas y
todo aquello que se les halle unido
inseparablemente o que esté destinado a
su servicio, así como los derechos sobre
ellas. Equivale a bien inmueble.
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