El
Reglamento General de Circulación establece en su artículo 45 que todos los conductores
deberán adecuar su velocidad a las circunstancias, para lo cual estarán obligados a
respetar los límites de velocidad, y a tener en cuenta además muchas otras
circunstancias como son sus propias condiciones físicas y psíquicas, las
características y estado de la vía, del vehículo, las condiciones meteorológicas,
ambientales y de circulación, de forma que pueda ajustar la velocidad de su vehículo a
las mismas y pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante
cualquier obstáculo que pueda presentarse.
Además circulará a velocidad moderada y si fuera preciso detendrá su
vehículo, cuando las circunstancias lo exijan.
1.- ALGUNOS PLANTEAMIENTOS GENERALES SOBRE LA VELOCIDAD
Entre las causas de accidentes imputables al factor humano la velocidad
tiene una gran trascendencia ya que ocupa el primer lugar entre las causas de accidentes
de circulación en carretera.
La velocidad es esencial para la seguridad vial. Respecto a la
velocidad existen, esto es, certezas que no precisan ni siquiera de demostración y son:
1) A mayor velocidad la posibilidad de sufrir un accidente es mayor, y 2) Si se produce el
accidente cuanto mayor sea la velocidad mayores, o más graves, serán las consecuencias
de éste.
Las altas velocidades exigen una mayor atención del conductor a todo
tipo de circunstancias. De acuerdo con el primero de los axiomas los riesgos de accidente
aumentan con el incremento de la velocidad porque a mayor velocidad se reducen capacidades
de respuesta, aumentando por el contrario, las exigencias. A mayor velocidad, mayor
será la distancia de frenado, mayor el tiempo de reacción, mayor la separación entre
vehículos, mayor la distancia de seguridad, etc. Esto es, un aumento de velocidad lleva
consigo un incremento del riesgo.
Para hacerse una idea aproximada de todo esto basta con saber
primero, que cuanto mayor sea la velocidad, más metros se recorren en un segundo (ejemplo
a 120 km/h se recorre 33,3 m), y segundo, que la distancia de detención de un vehículo
es proporcional al cuadrado de la velocidad (por ejemplo a 120 km/h esta sería de 144
metros).
2.- FUNDAMENTOS TEÓRICOS DE LA VELOCIDAD
Es sabido que todo vehículo en movimiento acumula energía cinética,
que está en función del peso y de la velocidad, de tal forma que si la velocidad se
multiplica por dos, la energía cinética se multiplica por cuatro; si se multiplica por
tres, la energía cinética lo hará por nueve, y así sucesivamente, porque es
proporcional al cuadrado de la velocidad. Por consiguiente, cuanto mayor sea la velocidad,
más energía cinética acumula el vehículo.
Para detener un vehículo será preciso eliminar esa energía
cinética, lo que se consigue utilizando algún sistema de frenado. Pero si en lugar de
eliminar esa energía cinética de manera suave y progresiva, el vehículo colisiona
contra un árbol, un muro, o cualquier otro elemento fijo, esa energía se elimina en
fracciones de segundo, y entonces la violencia del choque, la gravedad de las lesiones, y
los daños ocasionados dependerán sobre todo de la velocidad.
3.- DISTANCIA DE DETENCIÓN O DE SEGURIDAD
La distancia de detención, o distancia de parada técnica, es
la distancia o espacio que recorrerá un vehículo desde el momento que el conductor se
apercibe de que debe frenar, hasta el momento en el que el vehículo se detiene
totalmente.
Si analizamos esto, veremos que para esto existen o se dan dos "momentos"
claramente diferenciados que conviene conocer. Uno es el Tiempo de Reacción
(T.R.), y el otro es la Distancia de Frenado (D.F.).
El primero, el Tiempo de Reacción, es el tiempo que transcurre
desde que el conductor se apercibe de que debe frenar, (bien porque vea un peligro, o
porque una señal de tráfico o de un agente ordena parar, etc.) hasta el momento que
actúa el freno. Durante este tiempo, el vehículo habrá recorrido una distancia que
será mayor o menor, dependiendo de la velocidad a la que circule el vehículo, y
de la capacidad de reacción del conductor.
En el tiempo de reacción sólo influyen, como decíamos antes, la
velocidad y la capacidad de reacción del conductor, sin que cuenten para nada ni el
estado de la vía, ni el estado del vehículo. El tiempo de reacción de un conductor
"normal" se calcula alrededor de 1 segundo. Este tiempo aumentará
considerablemente si las condiciones psicofísicas del conductor están alteradas por la
fatiga, sueño, alcoholemia, medicamentos, drogas o estupefacientes, etc.
En condiciones "normales" un conductor que reaccione con
prontitud, esto es, que emplee 1 segundo, y que circule, por ejemplo, a 120 km/h, habrá
recorrido una distancia de 33,3 metros antes de empezar a frenar.
En cuanto al segundo, la Distancia de Frenado, ésta es el
espacio que recorre un vehículo desde que comienza a actuar el sistema de frenado, hasta
que el vehículo se ha detenido totalmente.
En la distancia de frenado influyen muchas circunstancias,
dependiendo de éstas el que la distancia recorrida sea mayor o menor.
La distancia de detección dependerá, entre otros de los siguientes
factores:
La primera, es la distancia
necesaria para poder detener completamente el vehículo. Esta distancia comprende el
espacio recorrido durante el tiempo de reacción más la distancia recorrida durante el
frenado.
La segunda, comprende igual que la anterior el tiempo de reacción más
la distancia de frenado, pero dado que generalmente el vehículo que circula delante del
nuestro no se detendrá de forma absoluta sino que necesitará también un espacio para
frenar, tendremos que a nuestro tiempo de reacción y a nuestra distancia de frenado, le
descontaremos el tiempo de reacción del vehículo que nos precede, con lo que en este
caso la distancia o separación será algo menor.
En los casos de detención, bien por obras, retenciones en la
Autopista-Autovía, o por cualquier otra causa, aunque en estos casos no podemos hablar de
distancia de seguridad porque los vehículos están detenidos, si es conveniente dejar,
con el vehículo que ya está detenido delante, y en un primer momento, hasta que haya
detrás del nuestro otros vehículos detenidos, un espacio suficiente de forma que
en el supuesto de que el conductor que circula detrás se "despiste" y no frene
a tiempo, nos alcance sólo en la parte trasera del vehículo y no nos llegue a
"empotrar" contra el vehículo que está delante.
Igualmente, como norma de seguridad, en las detenciones es conveniente
dejar con un vehículo que ya está detenido delante un espacio tal que nos permita ver el
apoyo, en el suelo, de las ruedas traseras de dicho vehículo de forma que si se queda
"atascado" por avería, impericia o cualquier otra causa, tengamos la
posibilidad de desviarnos y poder seguir la marcha. O en el supuesto de estar detenidos en
una rampa, no nos golpee el coche que está delante en el caso de que a la hora de
"arrancar" deje caer el coche un poco.
5- REGLAS PARA MEDIR LA DISTNACIA DE SEGURIDAD O SEPARACIÓN ENTRE
VEHÍCULOS
Tradicionalmente se ha venido dando muy diversas reglas para calcular
este espacio, como por ejemplo, hallar el cuadrado de la velocidad expresada en
miriámetros y traducida a metros, el dejar entre vehículos un espacio igual al largo del
vehículo, etc.
Todos estos, y otros métodos, lograban
calcular con bastante aproximación el número de metros que se deben dejar entre
vehículos, pero tienen todos ellos una "dificultad" y es saber cual es el
número de metros existentes entre la delantera de nuestro vehículo y la trasera del que
nos procede.
Para obviar este inconveniente se ha impuesto la regla de los DOS
SEGUNDOS, normalmente conocida como regla 1.101 y 1.102. El fundamento de esta regla es
que se ha experimentado y se ha comprobado que mientras se circule a dos segundos del
vehículo que va delante, en condiciones normales de estado del pavimento y del vehículo,
dará tiempo a detener el vehículo, sea cual sea la velocidad a la que se circule.
La regla de los dos segundos, se conoce como regla 1.101 y 1.102,
porque el tiempo que se tarda en expresar, en voz alta o mentalmente, estas cifras, se
corresponde con una duración aproximada de dos segundos.
Pero, ¿cómo se aplica esta regla?. Es muy sencillo. Consiste en
comenzar a decir (en voz alta o mentalmente) 1.101; 1.102 cuando el vehículo que va
delante pasa por un elemento o punto de referencia fijo (un puente, un árbol, una señal,
etc.), y el vehículo que conducimos llega a alcanzar esa misma referencia después de
haber terminado de contar 1.101; 1.102, la distancia de seguridad con respecto a él (al
menos la distancia relativa) será correcta y dará tiempo a detener el vehículo sin
colisionar con el precedente. Por el contrario si se alcanza la referencia sin haber
terminado de contar, la distancia de seguridad será escasa y no se podrá detener el
vehículo sin colisionar, incluso fuertemente con él.