VELOCIDAD

El Reglamento General de Circulación establece en su artículo 45 que todos los conductores deberán adecuar su velocidad a las circunstancias, para lo cual estarán obligados a respetar los límites de velocidad, y a tener en cuenta además muchas otras circunstancias como son sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y estado de la vía, del vehículo, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, de forma que pueda ajustar la velocidad de su vehículo a las mismas y pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse.

Además circulará a velocidad moderada y si fuera preciso detendrá su vehículo, cuando las circunstancias lo exijan.

1.- ALGUNOS PLANTEAMIENTOS GENERALES SOBRE LA VELOCIDAD

Entre las causas de accidentes imputables al factor humano la velocidad tiene una gran trascendencia ya que ocupa el primer lugar entre las causas de accidentes de circulación en carretera.

La velocidad es esencial para la seguridad vial. Respecto a la velocidad existen, esto es, certezas que no precisan ni siquiera de demostración y son: 1) A mayor velocidad la posibilidad de sufrir un accidente es mayor, y 2) Si se produce el accidente cuanto mayor sea la velocidad mayores, o más graves, serán las consecuencias de éste.

Las altas velocidades exigen una mayor atención del conductor a todo tipo de circunstancias. De acuerdo con el primero de los axiomas los riesgos de accidente aumentan con el incremento de la velocidad porque a mayor velocidad se reducen capacidades de respuesta, aumentando por el contrario, las exigencias. A mayor velocidad, mayor será la distancia de frenado, mayor el tiempo de reacción, mayor la separación entre vehículos, mayor la distancia de seguridad, etc. Esto es, un aumento de velocidad lleva consigo un incremento del riesgo.

Para hacerse una idea aproximada de todo esto basta con saber primero, que cuanto mayor sea la velocidad, más metros se recorren en un segundo (ejemplo a 120 km/h se recorre 33,3 m), y segundo, que la distancia de detención de un vehículo es proporcional al cuadrado de la velocidad (por ejemplo a 120 km/h esta sería de 144 metros).


2.- FUNDAMENTOS TEÓRICOS DE LA VELOCIDAD

Es sabido que todo vehículo en movimiento acumula energía cinética, que está en función del peso y de la velocidad, de tal forma que si la velocidad se multiplica por dos, la energía cinética se multiplica por cuatro; si se multiplica por tres, la energía cinética lo hará por nueve, y así sucesivamente, porque es proporcional al cuadrado de la velocidad. Por consiguiente, cuanto mayor sea la velocidad, más energía cinética acumula el vehículo.

Para detener un vehículo será preciso eliminar esa energía cinética, lo que se consigue utilizando algún sistema de frenado. Pero si en lugar de eliminar esa energía cinética de manera suave y progresiva, el vehículo colisiona contra un árbol, un muro, o cualquier otro elemento fijo, esa energía se elimina en fracciones de segundo, y entonces la violencia del choque, la gravedad de las lesiones, y los daños ocasionados dependerán sobre todo de la velocidad.


3.- DISTANCIA DE DETENCIÓN O DE SEGURIDAD

La distancia de detención, o distancia de parada técnica, es la distancia o espacio que recorrerá un vehículo desde el momento que el conductor se apercibe de que debe frenar, hasta el momento en el que el vehículo se detiene totalmente.

Si analizamos esto, veremos que para esto existen o se dan dos "momentos" claramente diferenciados que conviene conocer. Uno es el Tiempo de Reacción (T.R.), y el otro es la Distancia de Frenado (D.F.).

El primero, el Tiempo de Reacción, es el tiempo que transcurre desde que el conductor se apercibe de que debe frenar, (bien porque vea un peligro, o porque una señal de tráfico o de un agente ordena parar, etc.) hasta el momento que actúa el freno. Durante este tiempo, el vehículo habrá recorrido una distancia que será mayor o menor, dependiendo de la velocidad a la que circule el vehículo, y de la capacidad de reacción del conductor.

En el tiempo de reacción sólo influyen, como decíamos antes, la velocidad y la capacidad de reacción del conductor, sin que cuenten para nada ni el estado de la vía, ni el estado del vehículo. El tiempo de reacción de un conductor "normal" se calcula alrededor de 1 segundo. Este tiempo aumentará considerablemente si las condiciones psicofísicas del conductor están alteradas por la fatiga, sueño, alcoholemia, medicamentos, drogas o estupefacientes, etc.

En condiciones "normales" un conductor que reaccione con prontitud, esto es, que emplee 1 segundo, y que circule, por ejemplo, a 120 km/h, habrá recorrido una distancia de 33,3 metros antes de empezar a frenar.

En cuanto al segundo, la Distancia de Frenado, ésta es el espacio que recorre un vehículo desde que comienza a actuar el sistema de frenado, hasta que el vehículo se ha detenido totalmente.

En la distancia de frenado influyen muchas circunstancias, dependiendo de éstas el que la distancia recorrida sea mayor o menor.

La distancia de detección dependerá, entre otros de los siguientes factores:

De la velocidad del vehículo.

Del estado y configuración de la calzada.

De la calidad y el tipo de pavimento.

Del estado de los frenos del vehículo.

Del estado de los neumáticos y de la suspensión.

De las condiciones meteorológicas.

Del estado psicofísico del conductor.

Del tiempo de reacción y de la experiencia del conductor.

4.- DISTANCIA O SEPARACIÓN ENTRE VEHÍCULOS

Todo conductor de un vehículo que circula detrás de otro deberá dejar entre ambos un espacio libre (distancia de seguridad) que le permita detenerse en caso de frenado brusco sin colisionar con él para lo cual deberá tener muy en cuenta la velocidad de ambos vehículos, y las condiciones de adherencia y frenado.

Dentro de las distancias de seguridad, se puede distinguir dos modalidades:

Distancia de seguridad absoluta.

Distancia de seguridad relativa.

La primera, es la distancia necesaria para poder detener completamente el vehículo. Esta distancia comprende el espacio recorrido durante el tiempo de reacción más la distancia recorrida durante el frenado.

La segunda, comprende igual que la anterior el tiempo de reacción más la distancia de frenado, pero dado que generalmente el vehículo que circula delante del nuestro no se detendrá de forma absoluta sino que necesitará también un espacio para frenar, tendremos que a nuestro tiempo de reacción y a nuestra distancia de frenado, le descontaremos el tiempo de reacción del vehículo que nos precede, con lo que en este caso la distancia o separación será algo menor.

En los casos de detención, bien por obras, retenciones en la Autopista-Autovía, o por cualquier otra causa, aunque en estos casos no podemos hablar de distancia de seguridad porque los vehículos están detenidos, si es conveniente dejar, con el vehículo que ya está detenido delante, y en un primer momento, hasta que haya detrás del nuestro otros vehículos detenidos, un espacio suficiente de forma que en el supuesto de que el conductor que circula detrás se "despiste" y no frene a tiempo, nos alcance sólo en la parte trasera del vehículo y no nos llegue a "empotrar" contra el vehículo que está delante.

Igualmente, como norma de seguridad, en las detenciones es conveniente dejar con un vehículo que ya está detenido delante un espacio tal que nos permita ver el apoyo, en el suelo, de las ruedas traseras de dicho vehículo de forma que si se queda "atascado" por avería, impericia o cualquier otra causa, tengamos la posibilidad de desviarnos y poder seguir la marcha. O en el supuesto de estar detenidos en una rampa, no nos golpee el coche que está delante en el caso de que a la hora de "arrancar" deje caer el coche un poco.

5- REGLAS PARA MEDIR LA DISTNACIA DE SEGURIDAD O SEPARACIÓN ENTRE VEHÍCULOS

Tradicionalmente se ha venido dando muy diversas reglas para calcular este espacio, como por ejemplo, hallar el cuadrado de la velocidad expresada en miriámetros y traducida a metros, el dejar entre vehículos un espacio igual al largo del vehículo, etc.

Todos estos, y otros métodos, lograban calcular con bastante aproximación el número de metros que se deben dejar entre vehículos, pero tienen todos ellos una "dificultad" y es saber cual es el número de metros existentes entre la delantera de nuestro vehículo y la trasera del que nos procede.

Para obviar este inconveniente se ha impuesto la regla de los DOS SEGUNDOS, normalmente conocida como regla 1.101 y 1.102. El fundamento de esta regla es que se ha experimentado y se ha comprobado que mientras se circule a dos segundos del vehículo que va delante, en condiciones normales de estado del pavimento y del vehículo, dará tiempo a detener el vehículo, sea cual sea la velocidad a la que se circule.

La regla de los dos segundos, se conoce como regla 1.101 y 1.102, porque el tiempo que se tarda en expresar, en voz alta o mentalmente, estas cifras, se corresponde con una duración aproximada de dos segundos.

Pero, ¿cómo se aplica esta regla?. Es muy sencillo. Consiste en comenzar a decir (en voz alta o mentalmente) 1.101; 1.102 cuando el vehículo que va delante pasa por un elemento o punto de referencia fijo (un puente, un árbol, una señal, etc.), y el vehículo que conducimos llega a alcanzar esa misma referencia después de haber terminado de contar 1.101; 1.102, la distancia de seguridad con respecto a él (al menos la distancia relativa) será correcta y dará tiempo a detener el vehículo sin colisionar con el precedente. Por el contrario si se alcanza la referencia sin haber terminado de contar, la distancia de seguridad será escasa y no se podrá detener el vehículo sin colisionar, incluso fuertemente con él.


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