OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
- UNE-EN 362:1993. Equipos de protección indi-
Dispositivos anticaídas deslizantes sobre líneas
de anclaje rígida y flexible.
vidual contra caídas de altura. Conectores.
- UNE-EN 354:2002. Equipos de protección indi-
- UNE-EN 363:2002. Equipos de protección indivi-
vidual contra caídas de altura. Elementos de
dual contra caídas de altura. Sistemas anticaídas.
amarre.
- UNE-EN 795:1997 y 795/A1:2001. Protección
- UNE-EN 355:2002. Equipos de protección indi-
contra caídas de altura. Dispositivos de anclaje.
vidual contra caídas de altura. Absorbedores de
Requisitos y ensayos.
energía.
- UNE-EN 813:1997. Equipos de protección indi-
- UNE-EN 358:2000. Equipos de protección indi-
vidual para prevención de caídas de altura.
vidual para sujeción en posición de trabajo y
Arneses de asiento.
prevención de caídas de altura. Cinturones para
- UNE-EN 1891:1999 (UNE-EN 1891:2000
sujeción y retención y componente de amarre de
ERRATUM). Equipos de protección individual
sujeción.
para la prevención de caídas desde una altura.
- UNE-EN 360:2002. Equipos de protección indi-
Cuerdas trenzadas con funda, semiestáticas.
vidual contra caídas de altura. Dispositivos
anticaídas retráctiles.
Finalmente, y en relación con lo indicado en la
- UNE-EN 361:2002. Equipos de protección
consideración introductoria de esta parte C,
individual contra caídas de altura. Arneses
véase el artículo 193 de la Ordenanza Laboral de la
anticaídas.
Construcción.
c) La estabilidad y solidez de los elementos de soporte y el buen estado de los medios de protec-
ción deberán verificarse previamente a su uso, posteriormente de forma periódica y cada vez que sus
condiciones de seguridad puedan resultar afectadas por una modificación, período de no utilización
o cualquier otra circunstancia.
Los requisitos de estabilidad y solidez deben
modificación (cambios en el diseño de la obra, en
hacerse extensivos a todos los medios que se dis-
el proceso constructivo, etc.) o período de no uti-
pongan para realizar trabajos en altura.
lización (alteraciones en la planificación de la
Para efectuar estas verificaciones se atenderá a
obra, imprevistos, etc.) es necesario realizar las
lo dispuesto en los artículos 3.5 y 4 del RD
verificaciones que la persona competente(*)
1215/1997. "Equipos de trabajo". Cuando se trate
estime oportuno para determinar la estabilidad,
de equipos o dispositivos fabricados "in situ" las
solidez y buen estado de los medios de protec-
mencionadas verificaciones se orientarán en fun-
ción. Estas verificaciones quedarán debidamente
ción de las especificaciones que determine docu-
documentadas.
mentalmente la persona que haya realizado el
La expresión "cualquier otra circunstancia"
diseño de los mismos.
comprende situaciones o hechos imprevisibles
En aquellos casos en los que las condiciones de
como pueden ser por ejemplo la climatología, el
seguridad puedan resultar afectadas por una
impacto por objetos o vehículos, etc.
4. Factores atmosféricos:
Deberá protegerse a los trabajadores contra las inclemencias atmosféricas que puedan comprome-
ter su seguridad y su salud.
Las inclemencias atmosféricas más habituales
son: calor, frío, viento, lluvia, nieve, hielo, niebla,
que pueden afectar a los trabajadores en las obras
granizo, radiaciones solares y rayos.
*
Ver notas aclaratorias.
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