OBRAS
CONSTRUCCIÓN
DE
- UNE-EN 362:1993. Equipos de protección indi-
Dispositivos anticaídas deslizantes sobre líneas
de anclaje rígida y flexible.
vidual contra caídas de altura. Conectores.
- UNE-EN 354:2002. Equipos de protección indi-
- UNE-EN 363:2002. Equipos de protección indivi-
vidual contra caídas de altura. Elementos de
dual contra caídas de altura. Sistemas anticaídas.
amarre.
- UNE-EN 795:1997 y 795/A1:2001. Protección
- UNE-EN 355:2002. Equipos de protección indi-
contra caídas de altura. Dispositivos de anclaje.
vidual contra caídas de altura. Absorbedores de
Requisitos y ensayos.
energía.
- UNE-EN 813:1997. Equipos de protección indi-
- UNE-EN 358:2000. Equipos de protección indi-
vidual para prevención de caídas de altura.
vidual para sujeción en posición de trabajo y
Arneses de asiento.
prevención de caídas de altura. Cinturones para
- UNE-EN 1891:1999 (UNE-EN 1891:2000
sujeción y retención y componente de amarre de
ERRATUM). Equipos de protección individual
sujeción.
para la prevención de caídas desde una altura.
- UNE-EN 360:2002. Equipos de protección indi-
Cuerdas trenzadas con funda, semiestáticas.
vidual contra caídas de altura. Dispositivos
anticaídas retráctiles.
Finalmente, y en relación con lo indicado en la
- UNE-EN 361:2002. Equipos de protección
1ª consideración introductoria de esta parte C,
individual contra caídas de altura. Arneses
véase el artículo 193 de la Ordenanza Laboral de la
anticaídas.
Construcción.
c) La estabilidad y solidez de los elementos de soporte y el buen estado de los medios de protec-
ción deberán verificarse previamente a su uso, posteriormente de forma periódica y cada vez que sus
condiciones de seguridad puedan resultar afectadas por una modificación, período de no utilización
o cualquier otra circunstancia.
Los requisitos de estabilidad y solidez deben
modificación (cambios en el diseño de la obra, en
hacerse extensivos a todos los medios que se dis-
el proceso constructivo, etc.) o período de no uti-
pongan para realizar trabajos en altura.
lización (alteraciones en la planificación de la
Para efectuar estas verificaciones se atenderá a
obra, imprevistos, etc.) es necesario realizar las
lo dispuesto en los artículos 3.5 y 4 del RD
verificaciones que la persona competente(*)
1215/1997. "Equipos de trabajo". Cuando se trate
estime oportuno para determinar la estabilidad,
de equipos o dispositivos fabricados "in situ" las
solidez y buen estado de los medios de protec-
mencionadas verificaciones se orientarán en fun-
ción. Estas verificaciones quedarán debidamente
ción de las especificaciones que determine docu-
documentadas.
mentalmente la persona que haya realizado el
La expresión "cualquier otra circunstancia"
diseño de los mismos.
comprende situaciones o hechos imprevisibles
En aquellos casos en los que las condiciones de
como pueden ser por ejemplo la climatología, el
seguridad puedan resultar afectadas por una
impacto por objetos o vehículos, etc.
4. Factores atmosféricos:
Deberá protegerse a los trabajadores contra las inclemencias atmosféricas que puedan comprome-
ter su seguridad y su salud.
Las inclemencias atmosféricas más habituales
son: calor, frío, viento, lluvia, nieve, hielo, niebla,
que pueden afectar a los trabajadores en las obras
granizo, radiaciones solares y rayos.
*
Ver notas aclaratorias.
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