3977 Según la exención del
1.1.3.6 del ADR, ¿qué disposiciones
no será necesario cumplir si
transportamos en bultos 200 kg de
materias y objetos pertenecientes
al grupo de embalaje II?
1.- Las referentes a la
documentación (Capítulo 5.4).
2.- Las referentes a los paneles
naranja y etiquetado de los
vehículos (Capítulo 5.3).
3.- Las referentes al marcado y
etiquetado de los bultos (Capitulo
5.2).
4.- Las referentes al extintor de
incendios portátil con una
capacidad mínima de 2 kg de polvo
(Sección 8.1.4.2).
Respuesta: 2
Norma: ADR 1.1.3.6
