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TESTS CONSEJERO
3470
¿Cuándo
se
deberá
controlar
el
espesor
de
los
depósitos?
1.-
Nunca.
2.-
A
intervalos
no
menores
de 6
años.
3.-
Cada
año,
por
el
usuario.
4.-
Al
menos
cada
3
años.
Respuesta:
4
Norma:
ADR
6.8.2.4