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3352 Con carácter general,
¿cuándo se aplican condiciones
especiales de vigilancia para los
vehículos que transportan la clase
4.3?
1.- Cuando se transporten materias
de grupo de embalaje I y la masa
total de la mercancía exceda de
10.000 kg en bultos.
2.- Cuando se transporten materias
con grupo de embalaje II y masa
total de la mercancía mayor 5.000
kg.
3.- Cuando se transporten materias
con grupo de embalaje II y masa
total de la mercancía mayor de
10.000 kg.
4.- Cuando se transporten materias
con grupo de embalaje II y III.
Respuesta: 1