3148 ¿Qué dimensiones deberán
tener la marca para las sustancias
peligrosas para el medio ambiente,
como norma general?
1.- 100 mm por 100 mm, salvo en
el caso de los bultos cuyas
dimensiones obliguen a fijar marcas
más pequeñas.
2.- 100 mm por 100 mm, salvo en
el caso de los bultos y pequeños
contenedores cuyas dimensiones
obliguen a fijar marcas más
pequeñas.
3.- 100 mm por 100 mm, salvo en
el caso de los bultos y pequeños
contenedores a granel cuyas
dimensiones obliguen a fijar marcas
más pequeñas.
4.- 100 mm por 100 mm, sin
posibilidad de reducción en ningún
caso.
Respuesta: 1