2124 Los contenedores cisterna
vacíos, sin limpiar, que hayan
contenido materias de la clase 5.1:
1.- No está sujeto al ADR.
2.- Se transportarán en las mismas
condiciones que si estuvieran
llenos.
3.- No se consideran una materia
peligrosa.
4.- No se contemplan en el ADR.
Respuesta: 2