1722 Los contenedores-cisterna que carguen
gasóleo:
1.- Podrán descargarse por debajo del nivel del
líquido.
2.- Deberán llevar las etiquetas número 3 y 8.
3.- Serán transportados en vehículos cubiertos.
4.- No deberán disponer de dispositivos de
aireación.
Respuesta: 1
Norma: ADR 3.2.1 Tabla A
columna 12 y
ADR
4.3.4.1.1