3776 ¿Pueden las Partes contratantes, de común
acuerdo, derogar temporalmente las
disposiciones del ADR?
1.- No, en ningún caso.
2.- No, salvo en casos muy especiales de salud
pública.
3.- Sí, debiéndose comunicar la derogación
correspondiente a Naciones Unidas.
4.- Sí, sin necesidad de comunicar la derogación
correspondiente a Naciones Unidas.
Respuesta: 3