.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.
.

BUSCADOR                         FORO

RIESGO

- Aire acondicionado.

Prevención

El R.D. 486/97 establece las condiciones ambientales en:

· Para trabajos sedentarios debe estar comprendida entre 17 y 27ºC.

La renovación mínima del aire de los locales de trabajo, será de 30 metros cúbicos de aire limpio por hora y trabajador, en el caso de trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco.

Es conveniente someter el aire exterior a filtración u otro tipo de tratamiento que garantice una calidad adecuada del aire de ventilación. No debe proceder del aire que se extrae de lugares donde haya una emisión importante de contaminantes. El aire extraído de locales donde existan fotocopiadoras, por ejemplo, no se recirculará.

Se verificará la calidad del aire en las oficinas, valorando la idoneidad del sistema actual de refrigeración.

Colocar filtros adecuados para el control de la entrada de materia particulada. Es recomendable: usar prefiltros y filtros que tengan eficacias de retención superiores al 80%; cambiar los filtros a intervalos regulares de tiempo y cuando sea necesario instalar filtros tras los intercambiadores de calor.

Establecer programas de mantenimiento que contemplen la inspección, la limpieza y la desinfección de los diversos componentes del sistema, registrando las operaciones que se realicen y su periodicidad.